¿Se puede reclamar el precio de venta de una farmacia, realizada ante notario?

El año pasado se realizó la venta de una farmacia ante notario, por un precio relacionado con las ventas del ejercicio anterior, ahora el Sr. Que la compró reclama una indemnización basada en que las ventas reales eran inferiores a las que se tuvieron en cuenta para calcular el precio de venta.

¿Es válida esta reclamación, considerando el tiempo transcurrido y que antes de firmar ya disponía de esta supuesta información de ventas reales?

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Estimado/a consultante,

Por ir al grano, un contrato (de compraventa en este caso), realizada o no ante Notario, es un contrato celebrado entre las partes, donde ambas partes FIRMAN un acuerdo libremente. Si esta persona firmó conociendo las condiciones de la compra por su parte, entiendo que ahora no habría motivo para reclamar, pues no habría vicio en el consentimiento ni ningún otro elemento oculto. Si la farmacia ahora no va bien, eso va en los riesgos de cualquier negocio.

No obstante, si esta persona le está reclamando indemnización, es necesario que ponga el asunto en manos de un abogado para la defensa ante esta reclamación, pues una cosa es que haya motivos para defenderse (que entiendo a priori que puede haberlos) y otra es que uno ni conteste ni se oponga, en cuyo caso el asunto le traerá problemas.

Quedamos a su entera disposición para que gratuitamente y sin compromiso nos contacte en el teléfono 951 71 50 41 o en nuestra web www.lariosabogados.es

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