Arrendamiento de vivienda

Quiero alquilar una vivienda de mi propiedad que no utilizo porque vivo en otra ciudad. Sin embargo, es posible que antes de cinco años me trasladen a la ciudad donde tengo la vivienda cuya titularidad me pertenece. ¿Qué cláusula tendría que poner en el contrato para evitar la prórroga forzosa a favor del inquilino por si yo la necesito antes de esa fecha (es decir, antes de cinco años)? ¿O es imposible si no sabes la fecha exacta en que vas a necesitarla en el momento del contrato?

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En principio puedes optar por inquilinos que en principio no necesiten la vivienda para un plazo tan prolongado, aunque en realidad puedan prorrogar el mismo hasta la plazo de prórroga forzosa.
Una de las clausulas del mismo deberá reflejar de forma expresa que no existirá prórroga del contrato cuando exista la necesidad para el arrendador de ocupar la vivienda arrendada como vivienda permanente para sí.
Deberás indicar que esta necesidad, así como la fecha de ocupación de la misma, será comunicada con (p.e.) 3 meses de antelación.
Por supuesto que si una vez extinguido el contrato no ocupas antes de 3 meses la vivienda, deberías indemnizar el arrendatario o reponer su derecho al uso de la misma, pero esa es otra cuestión.
Repito en que a pesar de todo, es mejor elegir inquilinos que en principio no la necesiten para largo tiempo.

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