Consulta legal para acudir a cita con el smac

Hola y gracias de antemano
Como creo que te había preguntado, ahora tengo la cita con el smac del día 30. Se que no es necesaria la presencia de un abogado aunque si recomensable. En mi caso, no lo llevare, pero según tengo entendido, la empresa si. Mi pregunta es: ¿Qué debo llevar yo? Tengo que llevar las pruebas en las que me baso para pedir lo que pido o simplemente aparecer yo, ¿negociar y punto?
Gracias un saludo

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Al acto de conciliación no es necesario llevar pruebas pues no es función de este acto resolver la controversia por el funcionario sino ver la posibilidad de alcanzar un acuerdo
De todas formas, cualquier documento que hubiera intentado aportar se debió realizar en el momento de presentar la papeleta de conciliación, en el acto de la conciliación puede aclarar cualquier extremo de la papeleta de conciliación que estime necesario, si no se da la palabra a la otra parte para que diga si hay posibilidad de llegar a un acuerdo
Si no, se declarar el acto terminado sin avenencia, si hay acuerdo se recoge el mismo en el acta de conciliación
Debe llevar su DNI

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