Embargo ayuntamiento

El motivo de mi consulta es el siguiente, el ayuntamiento de arrecife me ha embargado por el ibi del 2009 y 2010 de una vivienda que no es mía, en el 2008 me divorcie y la propiedad quedo al 100% para mi ex y ella parece que no ha pagado los impuesto y me embargan a mi, todo fue echo en notario y en el catastro la propiedad aparece con fecha 19/09/2008 a nombre de mi ex esposa no entiendo como me pueden embargar a mi, tras ponerme en contacto con el ayuntamiento me dice que presente escrito y que estudiaran el caso y si procede me devolverán el dinero, ¿pero qué pasa con todo el tiempo que el ayuntamiento tenga mi dinero? ¿Y aparte como me pueden embargar por una propiedad que no es mía?, ¿Qué puedo hacer?, gracias.

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A veces lo que hace la Administración es incomprensible, como en este caso
Si en el catastro el bien figura a nombre de su ex desde finales de 2008 es a ella a quien deben reclamarle los años 2009 y 2010
Presente la reclamación acompañada de una certificación catastral que acredite que la titularidad es de ella y reclame la devolución de lo embargado más los respectivos intereses
Ya lo hice hace una semana pero estos sinvergüenzas siguen sin devolverme el dinero, he presentado el certificado del catastro así como el mismo catastro quedo en enviarlo directamente al ayuntamiento, ¿cómo puedo proceder para demandar esta situación y solicitar el reingreso inmediato de mi dinero con sus intereses?, gracias.
Si lo que presentó es un recurso de alzada hay un plazo de resolución de 3 meses, si presentó solicitud de devolución de ingresos indebidos el plazo es de 6 meses, debe esperar a que transcurran estos plazos, pues hasta entonces no puede acudir a la vía judicial
Si transcurren estos plazos y el ayuntamiento no resuelve deberá entonces acudir a la vía judicial contencioso administrativa para la que necesitará de abogado
Muchas gracias por su respuesta, hoy hable con los del ayuntamiento y me reconocen la devolución de los años 2009 y 2010 pero el del 2008 no por que dicen que yo era titular en ese año y da igual que la casa se me traspasara en septiembre, aparte que se me olvido mencionarle esta propiedad fue adquirida al 50% por cada cónyuge pues estábamos casados con separación de bienes y por tanto creo yo que la deuda de los años anteriores es al 50% de cada uno y no solo mía, el ayuntamiento me dice que a ellos les da igual eso que agarran al primer titular que aparece en el catastro y punto, ¿esto es así?, quisiera saber como puedo proceder para reclamar esto así como la mitad del el año 2008, gracias
La responsabilidad es solidaria, esto es el Ayuntamiento puede reclamar a cualquiera de los dos titulares, sin perjuicio de que quien haya pagado pueda reclamar al otro la parte que haya pagado de más
Muy amable si me da que o me queda de otra, pero mi ex se niega a pagarme lo que me han embargado a mi por su culpa, ¿cómo puedo proceder contra ella? ¿Merece la pena? La cantidad es de unos 400€ que me debería.
Para reclamar contra ella deberá presentarle una demanda, por esa cantidad no necesitaría de abogado y en el juzgado hay formularios tipo para rellenar, el reclamarle o no es algo que debe valorar usted

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