La comunidad de Madrid nos ha denegado la ayuda al alquiler por la mala gestión del dueño de la casa

Hola.
Le expongo mi caso por si me puede ayudar.
Actualmente llevamos 7 meses en una casa de alquiler en Madrid. En el contrato de alquiler se especifica que la fianza entregada al propietario (3 mensualidades) se depositarán en el IVIMA y se registrará el contrato.
Nosotros pedimos la ayuda del alquiler ya que cumplimos los requisitos para que nos la den. El problema es que nos ha llegado una carta de la Comunidad de Madrid denegándonos la ayuda ya que el propietario ni ha registrado el contrato ni ha depositado la fianza. Nos dicen que hay que pedirla dentro de los 5 primeros meses.
Se lo hemos comentado al propietario y efectivamente, nos dice que no lo hizo por motivos personales.
¿Qué podemos hacer nosotros ahora? ¿Sería un incumplimiento de contrato? ¿Deberíamos denunciarlo?.
Muchas gracias por ayudarnos, ya que estamos un poco perdidos.
Saludos.

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Por su confianza en mi criterio profesional.
Realmente se trata de un incumplimiento de contrato que no es causa de resolución del mismo. Es decir, el contrato sigue vigente y no es causa para su extinción.
Pero ello no significa que Uds. no tengan derecho a que se les resarza el perjuicio causado.
El arrendador está en la obligación de ingresar la fianza (así se ha comprometido en contrato), Uds. pueden obligarle presentando una demanda de "obligación de hacer", además de pedir indemnización por los perjuicios causados por su omisión: ingresar la fianza.
Además le voy a advertir sobre algún aspecto que no me ha consultado..., la fianza por arrendamiento de vivienda es de un mes, y no de 3 meses, por tanto de abusiva, quizás ese es el motivo por el cual no la haya ingresado.
Está claro que debido a la gran cantidad de impagos de alquiler hay muchos propietarios que "toman todas las garantías posibles", pero quizás esta no sea del todo la idónea...
Creo que el incumplimiento de esa obligación "formal" del propietario les ha causado un perjuicio que debería resarcirse. Yo le aconsejo que si aún están en plazo que lo subsanen y en caso de que o no sea posible o aún siéndolo el propietario se niegue a ingresar la fianza en el IVIMA se lo exijan judiacialmente.
Un consejo más: comprueben la titularidad y sus limitaciones en el Registro de la Propiedad, hoy en día se ha de comprobar que no existen embargos, hipotecas en proceso judicial, etc. También debe comprobar si es un único dueño o varios, etc.
Si lo desean pueden obtener más información en www.abelmarin.es

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