Suplantación de identidad en Hotmail messenger

Hace unos días se empezaron a utilizar mis cuentas de correo, leyendo los mails, enviando otros a mis contactos, develando cosas íntimas de mi vida sacadas de estos mails, y chateando con ellos.
Puse una denuncia en la policía nacional hace un par de días, a la que adjunte un e-mail que envió el usurpador de mi cuenta a un amigo, en el que sale la dirección ip desde donde se ha enviado.
¿Cuánto tiempo y que procedimiento seguirá esta denuncia? ¿Esperaré meses hasta que se pongan en contacto conmigo? ¿Harán una investigación? ¿Habrá un juicio? ¿En cuánto tiempo?

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Lo primero la denuncia perfecto, el proceso de la denuncia lleva un trámite, tú denuncia la trasparían a Delincuencia Tecnológicos que son los encargados de llevar la investigación de los delitos realizados a través de internet y comenzará una investigación por un delito contra la intimidad (te pongo abajo el articulo del código penal que podrían imputarle). Respecto a la duración de la investigación, en ese sentido voy un poco perdido, no puedo especificarte pero llevan bastante trabajo.
Cuando finalicen las investigaciones, si existe el citado delito procederán a su detención y puesta a disposición judicial, y al cabo de un tiempo se celebrará juicio oral.
La justicia es lenta pero efectiva, mi consejo es que esperes unos días, y sino te llaman pasate por alguna Comisaría y pregunta por la denuncia. También es posible que te llamen de Delitos Tecnoligicos y hablen contigo.
Un saludo
Artículo 197.
1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.
2. Las mismas penas se impondrán al que, sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado. Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los mismos y a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero.

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