Ayuda derecho

Hola, tengo varias dudas:
1. ¿Cuál sería la diferencia entre responsabilidad solidaria y subsidiaria? Si podría ponerme un ejemplo, por favor.
2. A los efectos jurídicos se entiende por territorio todo lo siguiente:
- El territorio natural comprendido dentro de las fronteras del país (Península, Islas, Ceuta y Melilla).
- El espacio marítimo o mar territorial, doce millas a partir de la costa.
- El espacio aéreo, situado por encima del territorio natural y marítimo.
- Los buques de guerra y aeronaves militares, en todo caso (Los buques y aeronaves "no estatales", serán territorio español mientras estén en el espacio jurisdiccional español o internacional). Los buques o aeronaves privadas estarán sometidos a las leyes españolas cuando vuelen por espacio libre o se hallen en territorio extranjero, o lo sobrevuelen, si a ello no se opusieren las leyes de policía y seguridad del país subyacente.
- Las legaciones diplomáticas y consulares en el extranjero, conforme a lo establecido en Derecho Internacional y Tratados Internacionales.
¿Podría ayudarme en el punto 4? Está claro que los buques de guerra y aeronaves militares (ESTATALES), en todo caso, ¿estén dónde estén no? ¿Pero los que no sean estatales? No entiendo esa parte.
3. ¿Puede aclararme los conceptos o diferencias entre Decreto, Decreto-Ley, Real Decreto, Real Decreto-Ley/legislativo, Decreto legislativo, Reglamentos.
Sobre todo lo último, tengo entendido y según mi temario que la jerarquía normativa quedaría así (corríjame):
1. Normativa de la ue
2. CE
3. T. INTERNACIONALES
4. L. ORGÁNICAS
5. L. ORDINARIAS (en sus diferentes modalidades, de transferencia, etc.)
6. D-LEY
7. D-LEGISLATIVO
8. Decretos
9. Órdenes de las comisiones delegadas del gobierno
10. Órdenes ministeriales
11. Disposiciones de autoridades y órganos inferiores.
Se supone que los números 8, 9, 10 y 11 son todos REGLAMENTOS, ¿no? Muchas gracias!

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1) La responsabilidad solidaria se define como la obligación de una o más personas de responder ante las deudas contraídas por una persona física o jurídica.
En este tipo de responsabilidad, el acreedor puede ir en contra de cada uno de los responsables solidarios para que responda por la totalidad de la deuda contraída. Sólo una vez quede liquidada la totalidad de la deuda, el resto de responsables quedan liberados de responder ante ella. La responsabilidad opuesta es la mancomunada.
En la responsabilidad solidaria primero hay que dirigirse contra los responsables directos, que serán solidarios o mancomunados, y, si aquéllos no pueden responder entonces contra los indirectos o subsidiarios.
2) En el punto cuatro se dice que los buques de guerra y aeronaves militares se consideran territorio español, estén donde estén, y los que no sean estatales serán territorio español si así lo dice la ley del país en el que se encuentren.
3) Un decreto es un tipo de acto administrativo emanado habitualmente del poder ejecutivo y que, generalmente, posee un contenido normativo reglamentario, por lo que su rango es jerárquicamente inferior a las leyes. En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Titulo Primero, al régimen de las Comunidades Autónomas, ni al derecho electoral general. Los Decretos-Leyes deberán ser inmediatamente sometidos a debate y votación de totalidad al Congreso de los Diputados, convocado al efecto si no estuviere reunido, en el plazo de los treinta días siguientes a su promulgación. El Congreso habrá de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su convalidación o derogación, para lo cual el Reglamento establecerá un procedimiento especial y sumario.
El Real Decreto es una norma que aprueba el Consejo de Ministros en nombre del Rey.
El Real Decreto Ley es un Decreto-Ley que lo sanciona el Rey y ordena su publicación y cumplimiento. Lo mismo pasa con el Real Decreto-Legislativo.
El Decreto Legislativo se dicta porque Las Cortes Generales deciden delegar en el Gobierno la potestad legislativa. Esto aparece regulado en la Constitución Española en los Artículos 85 y 87. Las Cortes habilitan de manera expresa una Ley Delegatoria o Ley de Bases con el motivo de dar permiso al Gobierno para modificar una situación. Esta delegación será de obligatorio cumplimiento. Ha de referirse a una materia concreta y delimitarse bien el alcance, así como los criterios inspiradores. El Consejo de Ministros aprueba el Decreto Legislativo. Se prohíbe la delegación en materia propia de Ley Orgánica.
El poder ejecutivo debe ceñirse al ámbito de la delegación. Por ello, si se le ha solicitado redactar un texto refundido de normas legales, sería ilegal y nulo que el ejecutivo cambiase la regulación de fondo existente.
Los Reglamentos son normas de desarrollo de las Leyes, con valor inferior a la Ley.
En cuanto a la jerarquía normativa, Los Decretos-Ley y los Decretos Legislativos tienen rango de Ley, así que estarían en quinto lugar. Los Decretos y las órdenes ministeriales tienen valor de reglamento pero las otras disposiciones de inferior valor tendrán valor de acto administrativo ya que no modifican el ordenamiento jurídico.

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