Juicio civil

Una señora mayor que está con rotura de cadera, si es llamada a declarar porque es un testigo importante, ¿hay algún modo de que declare? Quiero decir si existen ayudantes de jueces o algo así, como notarios que vayan a casa a hacerle las preguntas oportunas. Creo que la pregunta no está bien formulada, pero si no me he explicado bien, me dice y la hago de nuevo, es que me da pena escribir aquí un testamento...
Gracias

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<address>El art 364 de la ley de enjuiciamiento civil señala: 1. Si por enfermedad u otro motivo de los referidos en el párrafo segundo del apartado 4 del artículo 169(dificultad del desplazamiento, circunstancias personales), el tribunal considerare que algún testigo no puede comparecer en la sede de aquel, podrá tomársele declaración en su domicilio bien directamente, bien a través de auxilio judicial, según que dicho domicilio se halle o no en la demarcación del tribunal.
A la declaración podrán asistir las partes y sus abogados, y, si no pudieren comparecer, se les autorizará a que presenten interrogatorio escrito previo con las preguntas que desean formular al testigo interrogado.
2. Cuando, atendidas las circunstancias, el tribunal considere prudente no permitir a las partes y a sus abogados que concurran a la declaración domiciliaria, se dará a las partes vista de las respuestas obtenidas para que puedan solicitar, dentro del tercer día, que se formulen al testigo nuevas preguntas complementarias o que se le pidan las aclaraciones oportunas, conforme a lo prevenido en el artículo 372.</address><address></address><address>Pueden solicilar la declaración domiciliara aportando justificación médica de su situación</address>

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