Arrendamiento de renta antigua

Tengo un alquiler de renta antigua firmado en marzo del 64. ¿La dueña me ha traído una carta conforme que me realiza una subida del IPC de entre 1980 y 2010 de un 389,5% por lo que el alquiler para este mes de febrero seria de unos 93? Más. ¿Pueden subirme el IPC de 2 décadas de golpe? ¿Eso está bien?
A mayores, le tengo que pagar la contribución de la vivienda que me la cobra aparte en dos pagos.

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Como reclamación de cantidad tan sólo se podrían reclamar los últimos quince años, por tanto su acción tan sólo sería posible desde 1.995 hasta 2.010.
De todas formas habría que conocer el clausulado del contrato para ver cuales son las obligaciones de la propiedad arrendadora con respecto a la presentación y reclamación en plazo de las subidas del IPC y si se recoge en el mismo clausula de actualización o no.
El contrato en si, es una hoja antigua donde solo se especifican los datos propios de propietario e inquilino, y las obligaciones de arreglos propios al piso, el tema de limpieza de rellano, etc. pero ninguna clausula sobre plazos, ni presentaciones ni nada eso. No existe ningún documento posterior a ese relativo a los términos del alquiler.
En la carta que nos ha citado la disposición transitoria segunda letra DE apartado 11.8 de la ley 29/11994 del 24 de noviembre, para dicha alegación, de cobro.
Muchas gracias
Debe responder de modo fehaciente (mediante burofax preferiblemente) que no es correcta la pretensión del arrendador o dueño del inmueble.
Tan sólo procede actualizar la renta según el último año transcurrido del contrato, es decir, la variación que haya experimentado el IPC desde el último mes del año 2.009 y el último mes del año 2.010.

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