Denunciar terreno

Haber si aquí me pueden aclarar un poco las ideas.
Hace cinco años compre mi casa en el pueblo y desde entonces tengo problemas con el acceso a mi vivienda.
Primero con el vecino pues para entrar en mi casa desde la calle hay como un callejón con escalera pues mi casa esta más alta que la vía publica y el vecino decía que la mitad era suya. La escalera esta con una cancela hace 20 años desde abajo en la calle.
Por aquí resuelto, fuimos a juicio y desestimaron su demanda.
El ayuntamiento por su parte me dice textualmente en una carta que trajeron los municipales:
Pongo en su conocimiento que según el ministerio de economía y hacienda, delegación especial e economía y hacienda en andalucia, gerencia regional del catastro de sevilla, expediente... Resuelve que el terreno de entrada a la vivienda de su propiedad donde ha construido una escalera(escalera que lleva 20 años construida) es vía publica por lo que deberá dejar libre de obstáculos la escalera y en perfectas condiciones de ornato publico.
De no hacerlo en un plazo de 15 días, lo hará este ayuntamiento a cargo de Vd
El caso es que quiero saber si puedo denunciar al ayuntamiento por este tema, como he dicho la escalera lleva 20 años construida y cerrada por una cancela este es el único paso que tengo para mi vivienda. El caso creo que es sacar dinero porque venir después de 20 años a reclamar un suelo creo que no puede ser legal. Aparte todo el sistema eléctrico y el contador están en la puerta abajo en la cancela si lo habriesen quedaría mi casa sin puerta y el contador en medio de la calle. No se estoy un poco confuso con todo esto. ¿Debo de denunciar al ayuntamiento en el juzgado?
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Lo que debe hacer es recurrir esa resolución en vía administrativa si es susceptible de ello (que probablemente no lo sea) o en vía judicial contencioso administrativo (en este caso tiene un plazo de 2 meses desde la notificación)
Debe para ello necesariamente acudir a un abogado
Si efectivamente se tratara de vía pública sería un bien de dominio público y por tanto no puede adquirirse por usucapión y pase el tiempo que pase el Ayuntamiento puede siempre recuperarlo, para evitarlo es necesario demostrar que ese terreno nunca ha sido vía pública y por tanto nunca ha pertenecido al dominio público
Esta resolución es del 2008 o 2009 así que no se si se puede recurrir.
El caso es que aquí nunca ha existido calle esto era una roca que la dueña de su bolsillo y pagando licencia de obras derribo para construir en su día una rampa de acceso a la vivienda hace más de 20 años no tiene utilidad publica nada más que acceder a mi vivienda.
Esta resolución viene porque reclame el terreno al catrasto cuando vi que no estaba reflejado en el plano y creyendo que era mio el catastro me lo concedió y el ayuntamiento reclamo alegando que esta calle es una vía(no me acuerdo del nombre estas vías protegidas) cordel del predroso algo así. Este trozo que tengo en mi casa no creo que sirva para pasar el ganado a no ser que las metan en mi salón a comer ademas de estar en vía urbana dentro del pueblo.
No se como proceder, estoy en paro, no tengo ingresos y no se si esto se puede hacer de oficio y que pasos tengo que realizar para ello.
Si tengo que denunciar como lo hago, no se como formular la denuncia ni donde ponerla si en el juzgado en el catastro etc
Cuando fui al catastro me dijeron que podía reclamar a un departamendo de la junta que lleva esto de las vías verdes porque lo que alego el ayuntamiento quizá no era legal ahora pero así constaba en los planos no se de que año.
Pero se paso el plazo y lo deje y ahora vienen con esta carta encima piendo dinero esto es una vergüenza así anda el país
Debió haber recurrido contra esa resolución del Ayuntamiento, si la misma es firme pocas posibilidades tiene ahora de echarla para atrás
No se trata de una denuncia el tramite para ello sino primero agotar la vía administrativa y luego acudir al contencioso administrativo, pero si se dejan pasar los plazos para recurrir luego pierde esa posibilidad
Esta resolución que le han notificado ahora es la ejecución forzosa de la anterior, por lo que el recurso que pudiera interponer no se basaría en la ilegalidad de la anterior si no en los medios de ejecución forzosa
Si no tiene medios para contratar un abogado acuda al colegio de abogados y pida asistencia jurídica gratuita para que le designen abogado de oficio, acompañe una copia de la resolución que ha recibido a fin de que le puedan proporcionar algún documento a presentar para paralizar el plazo hasta el nombramiento del abogado
Una ultima aclaración, que documentos tengo que llevar para pedir abogado de oficio.
Soy pensionista sin más ingresos tengo una hija vivo solo y tengo hipoteca de la vivienda
Es que tengo que pedirlo en sevilla capital y yo vivo en un pueblo bastante alejado y me gustaría no tener que volver por faltar algún papel.
En este enlace puede rellenar el formulario para solicitar la asistencia jurídica gratuita: http://www.justiciagratuita.es/pjg/printDatosSolicitante.do?ACCION=A
En esta tiene un simulador económico para saber si tiene derecho: http://www.justiciagratuita.es/pjg/printSimulador.do?INI=1&RESTO=/pjg/printSimulador.do?INI=1&PARAMETRO_SISTEMA=S0102
Aquí tienes los datos del colegio de abogados donde puede llamar por teléfono antes de desplazarse: http://www.lawyerpress.com/enlaces/ColegioSevilla.html

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Lo único que queda por saber es la propiedad auténtica de ese paso. Si forma parte de tu parcela deberás tenerlo registrado y por tanto a tu nombre. Si corresponde al vecino y tiene una obligación de paso, estará registrado como formando parte de su parcela pero con libertad para el paso.
Finalmente, si no se encuentra registrado a nombre de ninguno de los dos es por tanto de titularidad pública (como te dicen vía pública) y entonces el mantenimiento corre a cargo del ayuntamiento pero tú no puedes colocar una puerta en la entrada, en cualquier caso podrías colocarla en la entrada a tu parcela pero no en el camino. Básicamente entiendo que después de tu juicio, el catastro tomó conciencia que el camino es público y entonces el ayuntamiento ha pasado a tomarlo bajo su responsabilidad. Si es vía pública no puede tener una puerta que impida el paso y entiendo que es lo que te solicitan en esa carta, que quites la puerta.
Si el caso es éste, entonces no veo ninguna irregularidad y entiendo que no hay motivo de denuncia. A menos que algún buen abogado pueda demostrar que todo ello lleva construido hace mucho tiempo y que te has hecho cargo tú del mantenimiento y que en realidad has obtenido una propiedad implícita sobre el camino. Pero me temo que eso ya sería coger el tema muy por los pelos y con muchas probabilidades de perder. Aunque ésto tiene que confirmártelo mejor un abogado.
Lo que quiero saber es si el ayuntamiento después de 20 años que esto esta así construido y con la cancela puesta puede reclamarme encima que yo page las obras de algo que yo no he echo y encima me quiten el paso de mi vivienda y el contador de la luz el buzón y lo demás se quede en medio de la calle lo que más me indigna encima que lo tengo que pagar yo no lo veo lógico de ninguna manera
En realidad es así. Ten en cuenta que si es terreno público entonces no es que esté construido hace mucho tiempo sino que lo está en un terreno que no es tuyo. Por lo tanto el ayuntamiento te exige que retires esos elementos de su propiedad. Como te he dicho un buen abogado podría decirte qué otras opciones tienes pero yo al menos veo el asunto claro desde ese punto de vista. Es un espacio que pensabas que era tuyo pero que ahora resulta que no lo es y por tanto tienes que retirar cualquier elemento construido en él.
Pero el caso es que yo no he construido nada eso estaba así cuando lo compre, creo que no me pueden exigir el pago de la obra que hagan ellos en la calle si el terreno no es mio y estaba así cuando lo compre tendrán que reclamárselo al que lo hizo en su día
No. Cuando compras una propiedad también adquieres ese tipo de responsabilidades. Te pongo un ejemplo. Cuando uno compra una vivienda que tiene una parte que el dueño anterior hizo ilegal y que después es denunciado. En ese caso el derribo de la parte ilegal corre por cuenta (incluso permisos municipales necesarios) del propietario actual, y las sanciones que correspondan también repercuten en el propietario actual incluso aunque no tuviera relación con las obras iniciales.
En cualquier caso, si hay un perjuicio para ti, cabría la posibilidad de denunciar por el coste de las obras al que te vendió la casa. Pero incluso en ese caso habría que demostrar que ese propietario era conocedor cuando te vendió de la situación irregular del inmueble.

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