Dudas sobre embargo

Hola experto, espero puedas informarme con la duda que expongo:
Soy funcionario en activo. Hace años tuvimos una empresa mi mujer y yo, junto con otros dos socios. Nos fue muy mal y al final cerramos. Como yo era administrador único, todas la deudas recayeron sobre mi. Consultando con abogados, nos recomendaron separarnos judicialmente para que así no pudieran embargarme la nómina que tengo como funcionario y así lo hicimos y así seguimos estando actualmente separados. Judicialmente me detraen de la nómina todos los meses una cantidad determinada en concepto de separación y pensión por alimentos y otra pequeña cantidad que me embargan de la nómina por deudas de la empresa.
El caso es que ahora nos ha salido a todos (a mi mujer, a mi hijo y a mi) trabajo en el extranjero, por lo que debo pedir un permiso de 3 meses sin sueldo (y si me va bien, al cabo de esos 3 meses, pediré una excedencia voluntaria).
Mi duda es la siguiente:
Al descontarme judicialmente la pensión de separación y alimentos y al solicitar yo 3 meses de permiso sin sueldo (y posteriormente excedencia) ¿Incurro en alguna falta sancionable o irregularidad legal? ¿Podemos irnos tranquilos? ¿Qué deberíamos hacer?
Te doy las gracias de antemano por tu tiempo
Saludos cordiales

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No, a salvo de una mejor opinión, a usted le embargan su salario porque lo tiene.
Si por cualquier circunstancia deja de percibir dicho salario (por la excedencia que dice) nada le pueden embargar. Su empresa simplemente dirá al Juzgado que usted ha dejado de percibir el salario por lo que no pueden seguir reteniendole nada.
Lo único que pasará es que le irá aumentando la deuda pero nada más.

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