Romper un Contrato de Arras.

Voy a comprar un piso de Protección Autonómica en La Coruña, en el mes de Marzo firmamos un contrato de arras donde entregamos una cantidad al venderdor. Y el día 5 de Marzo entregamos la documentación al Ministerio de Vivienda.
Aún no nos han contestado..., y estamos a la espera de la autorización del Ministerio, porque el actual dueño al haber percibido en su día las ayudas correspondientes (autonómicas y estatales), ha de saber cuanto dinero ha de devolver de las ayudas percibidas.
Mi pregunta es.. Al haber pasado ya 4 meses.. Y no tener contestación alguna por parte del Minist. De Vivienda.. Podemos romper el contrato de arras ... Sin tener que perder la cantidad que le dimos en su día al propietario del piso.. O debemos seguir esperando hasta la contestación de Vivienda obligatoriamente.. Porque no parece un plazo excesivo el que ha pasado... En el contrato de arras pusimos una clausula que indicaba que tan solo se devolvería el importe sin duplicar en caso de que el Ins. Vivienda no autorizase la compra-venta de la vivienda.. Pero... No hay un plazo máximo de espera.. Porque como bien he dicho esto se esta largando de manera excesiva.
Agradecería de antemano una respuesta.. O una solución posible a este tema...

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Si no establecieron plazo, no puede utilizar el tiempo transcurrido como causa para la resolución, máxime cuando la condición establecida, es una resolución de un ente administrativo, lo que hace prever que no se va a tratar de un plazo corto.
En cuanto a la perdida o no de lo entregado, habría que estar al texto en concreto de las arras firmadas, por lo que debe acudir a un letrado experto en inmobiliario, que le aconseje.

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