Dos hipotecas y separación de pareja.

Estamos hechos un lio! Mi mujer y yo hemos decidido separarnos de mutuo acuerdo por lo que estamos preparando un convenio regulador ... Tenemos 2 hijas de 6 y 9 años.
El problema reside en que tenemos dos hipotecas sobre 2 casas con sus respectivos locales anexos de elevado importe y sin cancelar apenas nada (debemos aun un 95%) y queremos estamos barajando varias posibilidades:
POSIBILIDAD 1:Cedernos la co-propiedad sobre cada una. Es decir ella y las niñas se quedarían en la casa grande pasando a ser propietarias de dicha casa (creo que seria necesario la aceptación del banco y escritura notarial o no ) y yo en la casa pequeña pasando a ser propietario de la misma (también debería ser necesaria la aceptación por parte del banco o no).
   DUDAS SOBRE ESTA POSIBILIDAD: Que gastos generaría creo que si es por convenio regulador vía sentencia judicial me ahorro algunos impuestos, ¿no? .. Y/o en caso de no estar de acuerdo el banco (poner la cesión igual en el convenio regulador .. ¿por lo que seria un otorgamiento por sentencia judicial)... En caso de que uno no pagara la letra de la hipoteca el responsable de pagarla seria el otro?.
Posibilidad 2:
Esperar a que nuestras 2 hijas sean mayores de edad entonces intentar vender las casas a mejor precio ... Cancelar la deuda pendiente con el banco.
En estas 2 primeras posibilidades yo estaría dispuesto a renunciar a la compensación por diferencia de valor entre una casa y la otra...¿se debería hacer constar esto en el convenio regulador?.
Posibilidad 3:
Esperar a que nuestras 2 hijas sean mayores de edad ( ya tendremos más margen para adquirirlas mediante pago a la otra parte de la diferencia que resulte) y creo que esto nos ahorrara también algunos impuestos ITP, ADJ y Plusvalía.
No sé creo que me he liado un poco ... Tu que harías ... Resumiendo 2 hipotecas de dos casas y cada uno viviendo en una... Es lo que queremos! Pero que uno al fin y al cabo no tenga por que depender del otro eternamente.. O al menos que cuando las niñas cumplan la mayoría de edad podamos romper dicha dependencia bien vendiendo las casas o bien comprándonoslas-cediendonoslas mutuamente.

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Lo mejor es que, si el banco acepta que la hipoteca quede con un sólo deudor, cada uno de vds. se adjudiquen una vivienda en la liquidación de la sociedad de gananciales. En este caso, no pueden quedar cantidades a indemnizar ni ahora ni en un futuro, por lo que deberán vds. valorar las viviendas al valor actual de mercado y hacer constar una cantidad en efectivo equivalente a la diferencia de valor, adjudicándosela el que se quede con la casa que vale menos. Es así como vds. se ahorran gastos de escritura, plusvalía, incremento patrimonial, etc.
No obstante, el abogado que les vaya a llevar la separación les puede informar con más detalle de cómo proceder a la hora de liquidar la sociedad conyugal.
Bien... El banco no acepta que nos quedemos cada uno con una casa .. por si uno no puede responder que responda el otro... Son muy listos!
Vista la situación ... seria mejor adjudicarnos cada uno la vivienda en usufructo y continuar con la copropiedad y condominio que queramos mediante el convenio regulador posibilidad 2 o 3 ( sin valorar lo que cuesta o no la vivienda en usufructo... esta claro que en la que se queda ella con nuestras hijas es más grande y de más valor pero a mi me es igual quiero que estén todas bien) y repartir los demás bienes gananciales del matrimonio según convenio regulador.
Te confieso que no tenemos mucho dinero y si mucha deuda .. pretendíamos enviar nuestro convenio firmado por ambos, estando de acuerdo los dos, ¿a un bufett de abogados Law Brokers de internet que dicen que cobran 400 Euros por el tramite... que te parece?.
Gracias por tu ayuda sinceramente.
Personalmente, no soy partidaria de este sistema, ya que en primer lugar, esos honorarios no suelen incluir los de procurador, que os cobran luego, cuando ya habéis iniciado los trámites, y por un poco más, podéis contar con el asesoramiento de un abogado que os atienda en persona cuando necesitáis y a quién podéis dirigiros en todo momento.
Por otra parte, la oferta que hacen estos Bufetes es de separación o divorcio de mutuo acuerdo, lo que no incluye la liquidación de la sociedad de gananciales, que seguro os van a minutar aparte, así que si os decidís por esta modalidad, dejarlo muy claro antes y que os den por escrito los honorarios profesionales que tenéis que pagar por la demanda con liquidación de la sociedad conyugal y procurador, para luego no encontraros con sorpresas.
Por mi experiencia profesional con otros clientes, no han quedado satisfechos con estas modalidades, pero es mi experiencia personal y no puedo tampoco generalizar.
Si es totalmente viable que dejéis en pro indiviso las casas, adjudicándoos el usufructo, y liquidéis el resto de los bienes. El único requisito para liquidar los gananciales es que cada cónyuge se adjudique una cantidad exacta al otro, tanto en los bienes como en las cargas.

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