Suspensión de la ejecución de la pena

¿Cuándo comienza el cómputo (dándose los requisitos que exigue el Código Penal, claro está), que la ley condiciona a la persona a la que se le ha concedido la suspensión para que no delinca, si desde que se dicta auto concediendo la suspensión de la ejecución de la pena o desde que se dictó la sentencia condenatoria?

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Ni una fecha, ni otra. La respuesta correcta es desde el día en que el auto de suspensión de la pena ha sido notificado al penado.
Tiene su explicación. El penado no sabe que le ha sido concedida la suspensión de la pena mientras no le entreguen el auto. Como en ese auto es donde dice el plazo de suspensión, él no sabe el plazo hasta que no lee el auto. Por eso comienza el plazo desde el día de la notificación de este auto.
Si tienes otras dudas, te las aclaro con mucho gusto.
Buenas noches y cordiales saludos.

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