Libertad condicional

Que si estuve durante más de un año en libertad condicional por una pena judicial, si tengo derecho a algún subsidio o ayuda del gobierno, y si es así a cual puedo acogerme y cuales son todas las condiciones, una cosa que quería decir es que yo no llegue a entrar en prisión estuve ese más de un año en libertad condicional,

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Si has estado más de seis meses en prisión, cuando salgas, TIENES DERECHO a la prestación asistencial (subsidio por excarcelación), siempre que hagas lo siguiente:
            - En el plazo de 15 días desde que salgas de prisión, debes ir con tu carnet de identidad a la oficina del I.N.E.M. que corresponda a tu domicilio y solicitar la tarjeta de demanda de empleo.
            - A partir de que la tengas, debes esperar 1 mes por si te ofrecen empleo.
            - Cuando transcurra el mes y en los siguientes 15 días, debes volver a la oficina del I.N.E.M. para entregar toda la documentación que te han solicitado en el momento en el que fuiste a solicitar la tarjeta de demanda de empleo. La documentación que te requerirán es la siguiente:
1.- Original y fotocopia de la tarjeta de la demanda de empleo.
2.- Original y fotocopia del D.N.I.
3.- Original y fotocopia de la Cartilla de la Seguridad Social (Modelo A-1).
4.- Solicitud de Subsidio de Desempleo (facilitada por la Oficina de empleo).
5.- Impreso Modelo PR/123 Declaración de renta facilitada por la oficina de empleo.
6.- Original y fotocopia de la Declaración de la Renta del último ejercicio del solicitante. En su defecto, aportar certificación de Hacienda de no haberla hecho.
7.- Original del Certificado de ingreso y excarcelación donde figure el tiempo de permanencia en prisión. Este certificado te lo entregarán en el momento de ser excarcelado. (Tanto sea en libertad definitiva o libertad condicional).
            - Cuando entregues toda esta documentación, se te comunicará por carta la concesión del subsidio.
            - Tienes derecho a un 75% del Salario Mínimo Interprofesional (S.M.I.) Vigente durante 6 meses, pero podrás ampliar dos veces más por periodos iguales de 6 meses. En total, puedes llegar a recibir hasta 18 meses de paro.
            Para el año 1.999 el S.M.I es de 69.270.-pts al mes, por lo que te correspondería el 75% de dicha cantidad, por lo que percibirías 51.952.-pts mensuales.
            ¡CUIDADO! Puedes perder el paro si:
            - Rechazas una oferta de empleo adecuada que te haga el I.N.E.M.
            - Si te niegas a participar sin causa justificada en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y trabajo de colaboración.
            - Si no sellas regularmente la tarjeta de demanda de empleo.
Ah muchas gracias mi caso es que no llegue a entrar en prisión solo estuve más de un año en libertad condicional
Mi consejo es que acudas cuanto antes a una oficina del inem y aportes los documentos que tengas en tu poder, porque es muy posible que aunque no hayas estado en prisión, tengas derecho al subsidio.

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