Embargo Parte de Copropiedad

Estimada Sra. Experto:
Se trata de una copropiedad (1.000 m2. Terreno rural) que pertenece a cinco hermanos a partes iguales. Uno de los hermanos tiene embargo en contra sobre la 1/5 parte que le corresponde. La presunta deuda del demandado asciende aproximadamente a 150.000 euros. El demandante viene haciendo la renovación de notas marginales en registro cada cuatro años, pero todavía no tramita la subasta de la propiedad. El embargo proviene del año 2002 aproximadamente. ¿Cuál cree Ud. Sera la estrategia del presunto acreedor al no rematar el caso? ¿Sera por qué naturalmente la propiedad embargada no cubre el monto de la deuda? ¿Qué esperara? ¿Podría el demandante obligar a todos los copropietarios de la finca a vender el total de la misma y así cobrar 1/5 del monto total obtenido por la venta?
¿Podrían los copropietarios no demandados vender a un familiar u otro comprador las 4/5 de la finca que les pertenece, voluntariamente y sin problema alguno? ¿Cómo seria la valoración del precio para proceder a la venta, sin que el demandante tuviera nada que reclamar al respecto?.
Muchas gracias y saludos

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El beneficiario del embargo puede instar la venta judicial del bien para cobrarse la parte de su deuda que cubre el embargo. También puede esperar a que se intente vender la finca a un tercero, en cuyo caso el percibiría una mayor cantidad por esa 5ª parte que tiene embargada. Vds. pueden vender su parte a otra persona, pero no es fácil que alguien quiera adquirir un bien embargado. Si pretender vender la totalidad, el Notario avisará al beneficiario del embargo, para que se pueda personar en la compraventa. Otra posibilidad es llegar a un acuerdo con el beneficiario del embargo, abonándole la valoración de esa 5ª parte y adjudicándosela en pago de esa nueva deuda.
Estimada Sra. Isabel:
1º)Cuando Ud. dice que beneficiario embargo puede instar la venta judicial del bien ¿Significa qué puede obligar a todos los copropietarios a vender total de la finca, o solamente 1/5 parte embargada?
2º)¿Por qué demandante percibiría una mayor cantidad por esa 1/5 parte embargada? ¿No es a partes iguales, o sea, 1/5 parte del total precio venta, en caso de venderse finca a un tercero?
3º)¿No seria posible vender las 4/5 partes de la finca no embargadas a un familiar?
4ª) La posibilidad de llegar a un acuerdo con beneficiario de la deuda, al vender finca no es factible, ya que el monto de presunta deuda (Debe ser aproximadamente 200.000 euros, incluidos intereses, gastos y costas) es inmensamente superior al valor del bien, tanto la parte embargada como el total propiedad. ¿Tiene Ud. alguna sugerencia en favor de los hermanos que no somos culpables de esa presunta deuda, que desconocemos de su autenticidad, pues vivimos muy lejos de España y no podemos ver expediente en tribunal y ademas el presunto deudor es muy anciano (90 años) y muy hermético y reservado en todo. Por favor le agradeceríamos algún otro consejo alternativo.
Muchas gracias por su dedicación
1º)Cuando Ud. dice que beneficiario embargo puede instar la venta judicial del bien ¿Significa qué puede obligar a todos los copropietarios a vender total de la finca o solamente la 1/5 parte embargada?
2º)¿Por qué demandante percibiría una mayor cantidad por esa 1/5 parte embargada? ¿No es a partes iguales, o sea, 1/5 parte del total precio de venta, en caso de venderse finca a un tercero?
3º) ¿No seria posible vender o donar las 4/5 partes de la finca no embargadas a un familiar?
4º) Como el resto de los hermanos no tenemos responsabilidad alguna en esa presunta deuda ¿Qué nos aconseja Ud. para salvaguardar nuestra parte de la finca?
Agradecidísimo por su dedicación a mi consulta, le ruego me responda esta vez la aclaratoria que le he pedido, es muy importante. No crea que le voy a seguir molestando con tanta frecuencia en el futuro.
Saludos
Saludos
Como el embargo se levanta sobre una parte de un bien indivisible, el acreedor puede instar la venta judicial del bien en pública subasta para cobrarse. Evidentemente, si solo tiene derechos de embargo sobre 1/5 de la finca, esa proporción sobre el valor de venta es lo que recibirá. El problema es que en subasta los bienes se adjudican muy por debajo de su valor real, por lo que saldrán perdiendo todos. También podría el acreedor adjudicarse él esa parte en pago parcial de la deuda, por lo que pasaría a ser copropietario con vds. de la finca.
No es que el beneficiario perciba más cantidad que vds. en la venta, sino que si la finca se vende a un tercero en vez de subastarse, percibirían más cantidad todos, ya que se vendería por un precio más alto, debido a que como ya le he dicho en las subastas se fijan 3 fechas para que se presenten los posibles licitadores y, normalmente, la 1ª y 2ª quedan desiertas, por lo que se adjudica en la 3ª. Esto implica que la finca va saliendo cada vez por menos valor.
Yo les aconsejaría que, una vez valorada la finca y calculado el valor de esa 5ª parte embargada, se pusieran en contacto con el acreedor para hacerle una oferta de pago y dejar levantado el embargo. Hacer una donación de las otras 4 partes restantes no supondría quitar el embargo, ya que esa 5ª parte seguiría embargada.
Estimado Sra. Isabel:
Lamento decirle que todavía subsisten mis dudas respecto al caso. No obstante lo daré por finalizado. Pero antes le ruego me aclare si el termino "instar"significa en este caso obligar o simplemente exhortar a la venta del total copropiedad embargada. Gracias
Instar en interponer una demanda ante el Juzgado para vender la finca.

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