Problemas con Cúratela y Sucesión familiar.

Como están, voy a tratar de ser conciso.
Resulta que somos una familia, madre hijo mayor de 34 (Ezquisofrénico, por ende, discapacitado) y yo de 22.
Mi padre falleció ya hace unos años, y se empezó a tramitar la sucesión. El tema es, tengo otro hermano, de 32, el cual, teniendo la cúratela (la cual le "salió" en solo una semana) de mi hermano enfermo (por estar viviendo el, ya que mi madre y yo de 22 estábamos en otra parte del país) empezó a trabar el tema sucesorio: Mi madre está tratando de poseer la cúratela hace 3 años (tiempo desde el cual, volvimos a la ciudad y vivir junto a mi hermano enfermo, mientras que el otro, se fue solo) y no le sale.
La sucesión no sale tampoco ya que hay trabas desde el lado de mi otro hermano, el cual, teniendo la cúratela, en teoría, puede hacer "lo que quiera" con todos los bienes que eran de mi padre; los cuales son, un galpón en alquiler (desde que falleció mi padre lo ha manejado todo el al dinero ganancial y nunca nos dio nada, ni a mi madre, ni a mi hermano enfermo ni a mí), una casa situada en el mismo terreno de este galpón y un dinero en cuenta bancaria; el cual mi padre dejó a nombre de mis dos hermanos (ya que cuando la abrió mi padre yo era menor, además de que no estaba en la ciudad) es claro, uno de mis hermanos está enfermo y por lo tanto no puede manejar el dinero, por lo tanto, todo lo maneja mi hermano "sano"
Conclusión: Mi padre fallece, mi hermano discapacitado vive con mi madre y yo; mi otro hermano tiene la cúratela de el, sin vivir con el, además de que está manejando los bienes (depósito, casa y cuenta bancaria) gananciales de mis padres y ninguno de los tres participamos en nada de ello.
Necesito su ayuda, no estamos en el mejor momento económico, y "parece" que mi hermano tiene una buena abogada (según nos dijo el propio nuestro) que complica todo y hace que cueste mucho obtener la curatela; además que también nos dijo que, al tener la cúratela el, también maneja las propiedades y la sucesipon (Esto último entiendo menos todavía)
Espero puedan ayudarme, para ser más precisos, estamos ubicados en la Zona Norte de Buenos Aires.
Desde ya, muchas gracias por dejarme expresar y buscar una ayuda aquí.
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Respuesta
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Voy a tratar de aclararte un poco el tema
Como primer punto: Los herederos pueden ponerse de acuerdo en quién será el administrador provisorio de la sucesión. De no suceder esto, tiene prioridad el cónyuge, salvo que otro heredero sea más apto (por lo tanto ¿quién designó a tu hermano? Seguramente nadie).
Al designarse administrador del sucesorio, éste debe presentarse personalmente en el Juzgado a aceptar el cargo y el abogado debe tramitarle un testimonio que le servirá de constancia para cada trámite que haga en nombre del sucesorio.
Por supuesto que administrar no es lo mismo que disponer (poder vender, donar) y que además se deben rendir cuentas documentadas en la sucesión.
Te comento otra cosa para informarte, al morir uno de los cónyuges, el otro lo que hace es retirar el 50 % que le correspondía sobre los bienes gananciales, ya que la sociedad conyugal termina en este caso por muerte. El 50 % restante los heredan los hijos en partes iguales. Osea por este lado tenemos que dividir el 50% de los bienes gananciales entre 3(a el curador se le otorgaría la parte del incapaz, que aclaro no es suya! Solo debe administrarla a favor de esta persona)
Respecto a los bienes propios del difunto, el cónyuge hereda como si fuera un hijo más. No hereda la mitad. Hereda en la misma proporción que si fuera un hijo. Es decir que si se presentan cónyuge y 3 hijos, la cónyuge hereda sólo 1/4 de los bienes. Igual que sus hijos.
Tu hermano sujeto a Cúratela heredará en la misma proporción que el resto de los hermanos, con la salvedad de que al estar incapacitado, será su representante legal quien aceptará la herencia en su nombre (ya que él no puede firmar), siendo lo heredado, independientemente de su incapacitación, un bien privativo suyo.
Con esto quiero decirte que solo administra la porción correspondiente a tu hermano discapacitado y que es independiente de su patrimonio, y que deberá rendir cuentas en la sucesión.
Te recomiendo acudir al Ministerio de Menores e Incapaces y plantear el tema de la Cúratela de que controlen la administración de esos bienes de tu hermano incapaz y que lo correcto seria otorgárselo a ustedes ya que vive con ustedes y que tu hermano nunca veló por el cuidado de él. Eso por un lado.
Te recomiendo acudir a un abogado de confianza especialista en sucesiones para que activen esta, es necesario para determinar la porción correspondiente de la herencia que a cada uno le toca, puedes arreglar con el abogado cobrar en porcentaje a el total de la herencia, esto es lo recomendable y que puede estimarse entre un 7% y un 12% del total aproximadamente.
A tu hermano, él Curador, le conviene estar así (se está quedando con los beneficios de la herencia más con la parte de la Cúratela) y que no haya sucesión por eso puede estarla trabando(su abogado), pero todo esto puedes solucionarlo con un buen en abogado en la materia, además tienen derecho tu y tu mama a la parte que esta quedándose su hermano por administrar los bienes, y también es de cuestionar que él ejerza esta administración hasta que concluya la sucesión.
Como aclarando un poco deberías acudir al Ministerio(si tienes el dato de donde le otorgaron la Cúratela es mucho mejor) plantea la situación y que por lo menos intervengan para que tu hermano(curador) le pase a tu hermano discapacitado su parte( si no lo consigues por ti misma deberás acudir a un abogado que te agilice el tramite), esto por un lado
Otra cuestión es ahora reclamar la parte de ustedes dos, esto podrán hacerlo en el juzgado donde se esta llevando la sucesión, recomiendo acelerar el tramite con un abogado especializado en el tema y así poder obtener lo que por derecho les corresponde, que es los porcentajes que antes te comenté, en igual medida antes de la sucesión y después quiero decir que de lo obtenido ahora(mientras sale la sucesión) también es el mismo porcentaje.
Por último te recomiendo urgencia en acelerar estos trámites porque si tu hermano(curador) mal administra la herencia ustedes pierden y más allá de tener derecho y acciones al respecto si después no hay de donde cobrarse todo se complica.
Hugo, muchas gracias por tu tan extensa e interesada explicación.
Voy a empezar a moverme junto a mi madre sobre lo que me planteaste y me pusiste al tanto. No tenemos ningún abogado de confianza realmente, pero vamos a empezar a buscarlo rápidamente.
Le pido que si usted conoce a alguno, me pueda facilitarmelo; aunque yo me pondré en contacto con estudios de la zona y también buscar, ya que realmente creo que hemos sido asesorados mal.
Muchas gracias nuevamente, hasta la próxima.

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Lamento no poder ayudarle pero yo ejerzo en España y desconozco el derecho y legislación de Argentina.

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