¿Apartamento en propiedad GRATIS?

En el año 2003 mi pareja y yo estuvimos tentados de comprar un apartamento en una urbanización de la costa cuando nos encontrábamos de vacaciones en esa misma ciudad.
En ese momento la urbanización solo era un proyecto, hablamos con la promotora e hicimos un contrato de compa venta para posteriormente cuando regresáramos a nuestro lugar de residencia, tramitar todo el tema de bancos hipoteca, etc. E ir adelantando papeleos para no tener que hacer otro viaje, pues estamos a muchos km. La persona con la que firmamos el contrato nos dijo que en caso de no llevarse a cabo, se rompería sin más, que no había ningún compromiso por nuestra parte.
Aunque formalizamos el contrato, no realizamos ningún pago, NADA, ni un euro, en el contrato refleja que en el momento de la firma, se realizaba mediante transferencia, una cantidad de dinero, aproximadamente la mitad del total del apartamento.
Pues bien, cuando terminamos las vacaciones y regresamos a nuestra ciudad, después de hablar con los bancos y por otros motivos decidimos echarnos atrás, se lo comunicamos por teléfono, y nos dijo que no pasaba nada, que se anulaba y listo.
Hace dos días, recibimos una carta del registro catastral de esa ciudad, comunicándonos el cambio de titularidad del inmueble de "nuestra propiedad"... Nos quedamos perplejos, después de siete años, teníamos más que olvidado todo esto.
Y bien, ¿es esto legal? ¿Puede la promotora adjudicarnos la titularidad?
¿Legalmente somos los propietarios? Aun, no sabemos si en el registro de la propiedad consta también a nombre de mi pareja, si así fuera... Que derechos y obligaciones tenemos, a pesar de no haber abonado cantidad alguna.
¿Se pueden tomar acciones legales por todo esto?
Se que son muchas preguntas, pero estamos muy preocupados y no sabemos muy bien que hacer o como tomarnos todo esto, si es una buena o una mala noticia...
Respuesta
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En principio si firmaron un contrato de compraventa, ello es suficiente para que una vez terminada la edificación se cambie la titularidad en el catastro.
Ahora bien, pensar que una promotora regala un apartamento es casi como creer en los Reyes Magos.
El contrato sigue vigente, y por lo tanto la promotora puede exigir que se cumpla, pues por su parte ha cumplido al edificar la vivienda y ponerla a disposición del comprador. Ahora puede reclamar por vía judicial el precio pendiente de pago pues el plazo de prescripción para ello es de 15 años y por lo tanto no ha vencido.
Dicho lo cual, si finalmente se queda con el apartamento gratis, por favor hágamelo saber pues será un caso digno de conocer con más detalle.

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