Procedimiento monitorio ¡Ayuda!

Me ha llegado hoy del juzgado un procedimiento monitorio sobre una deuda que tengo con una caja. Me dice que tengo 20 días para pagar ¿desde qué lo he recibido o la fecha que pone en el texto? Me gustaría saber qué ocurre si no pago, porque no tengo bienes: ni coche, ni piso ni nada. Mi marido acaba de comenzar a trabajar después de 2 años en el paro ¿pueden embargarle la nomina entera. Gracias por su respuesta. Es urgente.

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Los veinte días empiezan a partir del día siguiente a que recibe el requerimiento. Si la deuda es solo suya, y no de su marido, no le pueden embargar la nómina. Si no tiene bienes no le pueden embargar nada, y eso es lo más grave que le pueden hacer.

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