Dinero impagado

Llegando a un acto de conciliación ( reclamando mis nominas impagadas 8 nominas y finiquito... A la vez que pidiendo la rescisión del contrato por impagos y los 45 dias/año correspondientes).
¿Tendría derecho a dichos 45 dias/año o por ser empresa menor de 25 años y estando en concursal solo me abonarían 20 dias/año de tope?
¿Y lo más importante de todo ... Haciendo este procedimiento tendría derecho a paro?
¿Y tengo que esperar todo el concurso o con este procedimiento... De momento ya iría cobrando del paro... Y estaría a la espera de que la empresa venda sus bienes para saber si me paga Fogasa o la empresa esas cantidades?

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Tanto en un caso como en otro le correspondería el derecho a paro, la forma de enfocarlo es algo que debe decidir
La empresa puede despedirlo por causas objetivas con 20 días de indemnización por año trabajado, en este caso automáticamente tendría derecho a paro
La otra opción es instar la resolución por incumplimiento por esos retrasos, en cuyo caso si la empresa lo aceptara en conciliación tendría derecho a paro y a indemnización de 45 días de salario por año
El problema que tienes es que hay un concurso por lo que las posibilidades de actuación de la empresa se hayan limitadas por la existencia de dicho concurso
Puede pedir el empresario la extinción de tu contrato de trabajo al juez del concurso justificando causas económicas, si el juez accede te correspondería la indemnización por despido objetivo y tendrías derecho a paro
Lo mejor es que busques asesoramiento de un abogado por la complejidad de todo este asunto, que estudie en que situación está el concurso y te pueda dar la mejor solución a tu interés

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