Latigazo cervical en accidente de trafico

Quería saber si además de los días de baja. También son indemnizables los días que he realizado rehabilitación. Agradecería me indicara que me correspondería con 102 días de baja y 50 días de rehabilitación.
¿Si han quedado secuelas como vértigo, cefaleas y acorchamiento de manos, es también indemnizable?

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Si el accidente ocurrió en el 2010, los baremos de indemnización distinguen entre días de hospitalización, los días de baja impeditivos y los días de baja no impeditivos:
Durante la estancia hospitalaria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 66,00
Sin estancia hospitalaria:
Impeditivo (1) . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 53,66
No Impeditivo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .28,88
Se multiplica cada día correspondiente a cada categoría por esa cantidad
Respecto a las secuelas son indemnizables, pero para ello es necesario un informe médico (ya sea privado, ya de forense) que realice una valoración de todas esas secuelas y fije una puntuación para ellas, esto necesariamente ha de hacerlo un médico, que es a quien compete realizar esa valoración, una vez fijada la puntuación se procede a multiplicarla por los euros/puntos que se fijan en los baremos de indemnización

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