Ley Memoria Histórica
Mi pregunta es la siguiente: ¿El plazo fijado por la disposición adicional séptima es de prescripción o de caducidad?
Las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español podrán optar a la nacionalidad española de origen si formalizan su declaración en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente Disposición adicional. Dicho plazo podrá ser prorrogado
por acuerdo de Consejo de Ministros hasta el límite de un año.
Muchas gracias de antemano.
Las personas cuyo padre o madre hubiese sido originariamente español podrán optar a la nacionalidad española de origen si formalizan su declaración en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de la presente Disposición adicional. Dicho plazo podrá ser prorrogado
por acuerdo de Consejo de Ministros hasta el límite de un año.
Muchas gracias de antemano.
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Respuesta de joseamart
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