Tras el fallecimiento de mi padre...

Recientemente ha fallecido mi padre y tras los momentos de dolor de su esposa(mi madre, con 55 años) y tres hijos (mayores de edad), me gustaría saber cuales serian los pasos a dar tras su fallecimiento. Disponían del piso familiar donde vive mi madre y una hermana con su novio.A los hijos no nos preocupa el tema de las herencias pero no queremos que mi madre tenga problemas de cuentas compartidas, tasas administrativas, seguros, pensiones de viudedad,...¿Cuál seria el procedimiento adecuado tras el fallecimiento?, ¿Cómo deberíamos actuar con los temas de cuentas bancarias?, ¿Es recomendable disponer de un abogado para las tramitaciones o podemos realizarlas nosotros mismos ante la administración? ;Habiendo una hipoteca que compartían, ¿cuál seria la situación actual? ;No se si he sabido expresar la situación pero supongo que las actuaciones ante la administración serán similares en la mayoría de los casos;¿Dónde podría informarme más concretamente administrativamente? Gracias de antemano por todo...

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Lo de que os haga todos los trámites un abogado es aconsejable ya que os evitará perder 8 o 9 mañanas de tiempo.
Por una parte está el tema de la herencia, con un certificado de defunción, debéis solicitar las ultimas voluntades a ver si había hecho testamento. Si hizo testamento, los herederos que nombre y si no, debéis de hacer una declaración de herederos en el Notario. Luego aceptar la herencia notarialmente, pagar el impuesto, si sale a pagar, que no creo, e inscribir en el Registro de la Propiedad.
Por otra parte, y de cara a la Seguridad Social, acudir con el certificado de defunción al INSS y solicitar la pensión de viudedad.
Si estáis cerca de Zaragoza, por 700 E. os llevo todo [email protected]

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