Duda sobre art. 85 de la nueva Ley de Tráfico
La nueva ley que, con relación a este art 85, entra en vigor el 24 de mayo/2010, dice que la "Autoridad encargada dela gestión del tráfico podrá proceder, si el obligado a ello no lo hiciera, a la retirada del vehículo de la vía y su depósito en el lugar que se designe en los siguientes casos:... D) cuando un vehículo permanezca estacionado en lugares habilitados por la autoridad municipal como de estacionamiento con limitación horaria sin colocar el distintivo que lo autoriza, o cuando rebase el triple del tiempo abonado conforme a lo establecido en la ordenanza Municipal". Y la Ordenanza de Movilidad para la ciudad de Madrid, en su art. 61, dice que "Se prohíbe el estacionamiento en los lugares y casos en que esté prohibida la parada y además en los siguientes casos y lugares:... 10. En los lugares habilitados como de estacionamiento con limitación horaria sin la exhibición en lugar visible del vehículo del distintivo válido o acreditación del pago de la tasa correspondiente, conforme a la Ordenanza Fiscal que lo regule; o cuando, colocado el distintivo o acreditación, se supere el tiempo máximo de estacionamiento autorizado por el titulo exhibido", y el art, 91, "Los agentes de la Policía Municipal y agentes de Movilidad podrán ordenar la retirada de un vehículo de la vía pública y su trasladao al depósito correspondiente, cuando se encuentre inmovilizado o estacionado en cualquiera de los supuestos 3 a 16, ambos inclusive, contemplados en el art. 61 de esta Ordenanza...". DUDA: En la ciudad de Madrid, ¿qué regirá a partir de 24/05/10, lo que dice la Ley o la Ordenanza? Y si, no rebasado el triple del tiempo, se me lleva el coche la grúa, ¿qué puedo hacer?, en definitiva, ¿qué rango tiene una Odenanza Municipal, frente a una Ley Estatal?GRACIAS.
1 respuesta
Respuesta
1