Infracción obra sin licencia. ¿Ha prescrito o no?

Me encuentro en la siguiente situación;
Estoy a punto de comprar una casa que se encuentra en zona Urbana no consolidada. Se trata de una urbanización con un montón de casas que en su día (hace +- 20 años) se hicieron ilegalmente, dado que se trataba de zona rústica. Hace 2 años, el ayuntamiento regularizó la zona y ahora se trata de una zona urbana, no consolidada. Por lo que tengo entendido, significa que es urbana, pero hasta día de hoy no se dan permisos de obra hasta que no cumpla la urbanización una serie de requisitos.
La casa que quiero adquirir se ha construido hace 2 años, sin permiso de obra, por lo cual, es ilegal. Lo que pasa es que la casa está escriturada y registrada en el registro de la propiedad con todas las dimensiones correctas.
¿Cómo no entendí como se puede registrar una propiedad que se ha construido ilegalmente, consulté mi abogado y me dijo que seguramente algún perrito había firmado un documento declarando que la casa tenía más de 4 años, ya que por lo visto las infracciones urbanísticas prescriben después de 4 años (esto es cierto?).
Pues efectivamente, el propietario de la vivienda dispone de una escritura de declaración de obra nueva con fecha 1995, firmado por un arquitecto y notario.
Por lo visto, antes de construir la casa hace 2 años, se demolió una vivienda antigua (que por supuesto también se construyó ilegalmente, en 1995), de ahí viene la fecha 1995.
El abogado me dice que no corro ningún riesgo de sanción, ya que la infracción ha prescrito (por lo menos en papel, en realidad la casa si que tiene menos de 4 años de antigüedad). Aún así yo no me he quedado tranquilo, ya que se trata de mucho dinero y yo no quiero tener problemas en un futuro.
Además he consultado, y la casa no aparece en el catastro, solamente aparece una piscina y un trastero, con año de construcción 1995. ¿Supongo qué es porque la casa antigua nunca se llegó a registrar? La vivienda nueva, se ha registrado recientemente, ¿puede ser que por eso tampoco figura en el informa del catastro?
De aquí en adelante, voy a suponer que no pasa nada que no conste la casa en el informe catastral y que está pendiente de inclusión (dado que la casa se ha escriturado hace poco).
La casa tiene 2 años, pero según todos los documentos oficiales (copia simple de la escritura de declaración de obra nueva) la casa tiene 14 años. Entonces, lo que a mi me gustaría saber es: ¿El ayuntamiento del pueblo todavía puede sancionar por infracción urbanística, desestimando los documentos oficiales mediante fotografías aéreas, informes del catastro o similar?

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Es legal de todas todas, aun así entiendo tu posición y te aconsejo que pongas una clausula en el contrato de comrpavetna que prevea que en el caso de que exista una sanción futura derivada de la susodicha infracción el vendedor se haga cargo de ella más 1000 euros si tienes que abrir procedimiento judicial en su contra si se niega ( es para cubrirte más las espaldas todavía y que en un futuro si se diese, aunque lo dudo, el tío se hiciera el "longui"). Un saludo y no te preocupes.
Por otra parte, ¿por qué no vas al ayuntamiento donde está ubicada la casa y pides cita con el concejal de urbanismo o funcinario competente para que te asesore?, mejor que él no te lo puede decir nadie.
Hola. Muchas gracias por la aclaración, ya me he quedado un poco más tranquilo.
Pues, lo del ayuntamiento ya lo he hecho, y ahí me mandan de un departamento al otro, y en cada departamento me dicen algo distinto. Por eso consulté con un abogado, pero no me da la sensación de estar muy interesado en el tema. Ni siquiera ha visto la escritura de declaración de obra nueva. Me dijo que si lo tenía que él no necesitaba verlo, que ya estaba seguro de que todo estaba en regla. Yo le dije que me quería asegurar de todas formas, y si el viera necesario hacer más investigaciones, que se lo iba a pagar. Me dijo que no, así que ahí se ha quedado el tema...

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