Herencia.

Me gustaría saber que pasa si fallece una persona con dos hijos, que pasa si no se encuentra no se localiza a uno de ellos. ¿A qué tiene deber y derecho?.

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Mientras que no conste su fallecimiento o no haya declaración judicial de fallecimiento (declarada por el juez en caso de ausencia prolongada o desaparición en peligro de muerte), se le debe adjudicar la legitima a que tiene derecho, de no hacerlo y en caso de aparecer posteriormente podría impugnar las disposiciones testamentarias que afectan a su legítima
Hola, de nuevo. Muchas gracias por explicarme los derechos que tiene esta persona. Pero, ¿tiene algún deber en el momento en el que aparezca?, ¿Algún gasto que se le deba imputar?. No hay herencia en si, solo una casa para cinco personas, pero el hijo desaparecido lo sabe y no hace nada, no quiere su parte de vivienda. Muchas gracias por su respuesta.
En principio los gastos de la herencia corren a cargo del caudal, una vez realizada la partición y aceptación cada heredero que haya aceptado deberá abonar en su caso los impuestos sucesorios que le correspondan
El heredero ausente puede aceptar o repudiar la herencia, si no lo hace voluntariamente cualquier interesado puede requerirle a que lo haga, pero para ello es necesario saber su paradero
Cuando aparezca los gastos de administración y conservación de la cosa común podrán serle reclamados a menos que renuncie a la herencia

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