Separación e hipoteca compartida

Mi ex-pareja y yo adquirimos un piso al 50% tanto en escrituras como en hipoteca hace 3 años.
Hemos disuelto la relación y nos queda el asunto del piso que, debido a la bajada de precios de mercado, no consideramos venderlo ya que no tenemos el dinero que "perderíamos" en la posible venta. A cada uno nos gustaría quedarnos con el piso, pero dadas las condiciones actuales que exigen las entidades bancarias no parece viable que ninguno obtenga una hipoteca, además que ninguno tenemos fiador.
La situación actual es que ambos seguimos en el piso, y aunque la relación es cordial, necesitamos vivir separados.
Yo podría irme de alquiler, si mi pareja adquiere el compromiso de pago de los recibos de hipoteca más un préstamo personal (a mi nombre), y, aunque está de acuerdo, me peocupa lo que pueda pasar si en algún momento deja de pagar. Mi pareja no se plantea marcharse de alquiler ya que está en el paro.
- Tiene alguna consecuencia legal que me perjudique a estos efectos, ¿el hecho que marche de nuestra casa? Nunca nos registramos como pareja de hecho.
- ¿Existe alguna fórmula para formalizar estos compromisos a adquirir por su parte y que me permita tranquilidad en este aspecto?
- En estos casos, ¿hay algún tipo de legislación que favorezca la disolución de la hipoteca facilitando a uno de los participantes de la misma quedarse con la misma?
- ¿Qué implica devolver o entregar el piso al banco?

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He leído tus preguntas y en líneas generales te puedo decir que los que compraron un piso en estos últimos años están atados por la evolución "real" del mercado inmobiliario. Te respondo a tu preguntas
1- Vuestra relación como pareja de hecho aunque no esté inscrita, es una relación perfectamente válida, y puede ser reconocida por un Juez (con las escrituras del piso, con el empadronamiento, los recibos, extractos bancarios, nóminas, domicilio fiscal, etc..) Si no hay descendientes cada uno sigue siendo dueño de sus bienes, no es como en un matrimonio donde rige le régimen de bienes gananciales. Al marcharte de la vivienda no pierdes por ello tu 50%.
2- Si quieres compromisos formales utiliza un notario. El notario da fe de la voluntad de las partes.
3- Hay una figura legal que es la extinción de condominio, con esta figura ella podría quedarse con el 100% de la propiedad, pero hay una hipoteca de por medio en la que figuráis los dos. Lo ideal sería que ella te comprara el 50% y que se constituyera una nueva hipoteca donde ya no figures. Claro que esta operación es inviable por lo que me cuentas.
4- ¿Entregar o devolver el piso al banco? Esto se produce cuando los titulares no hacen frente al pago de las cuotas y el banco prefiere quedarse con el inmueble y negocia el cobro de la deuda con los deudores. Pero cada banco tiene una política diferente al respecto.
Para ser más exacto, vender el piso (difícil seguramente lo hayáis intentado), compartir responsabilidades en cuanto al pago y responsabilidad de los préstamos no es nada recomendable. He visto personalmente muchos casos donde tiempo después de una separación las necesidades y prioridades de cada uno cambian y pagan "justos por pecadores".
No puedo ayudar mucho más, os habéis planteado que meta una persona de alquiler en la casa, ¿y qué con ese alquiler se vaya pagando tu parte de préstamo hasta que no se pueda resolver de otra forma?
Suerte y saludos

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