Que embargar

Gané un juicio (noviembre 2007) donde el constructor debe devolverme 300.000 euros. El constructor no ha pagado y me dicen mis abogados que debemos ser nosotros los que digamos a la juez que queremos embargarle (vamos que la búsqueda de propiedades, cuentas corrientes etc. La debemos de realizar nosotros y no la justicia). Esto no lo entiendo ya que por ejemplo quien mejor conoce la situación financiera es Hacienda que le consta toda la info (cuentas, coches, casas etc.). Por ejemplo, si un amigo me dice si tienen cuenta corriente y fondos en una cuenta del Santander, ese amigo empleado del banco está cometiendo algo ilegal y cuando lo he intentado les da miedo por su puesto de trabajo, no me apetece poner en apuros a nadie.
Mi pregunta por lo tanto es, ¿cuál es la mejor forma de dar a la jueza todos los bienes, me interesaría sobre todo lo más líquido claro como cuentas y demás para realizar el embargo? ¿No puede hacer la jueza una orden a Hacienda para que bloquee lo que considere conveniente como cuando te reclama un ayuntamiento una multa que te buscan tus cuentas y demás por todas partes?. La empresa sigue funcionando y no entiendo que desde hace más de 2 años pueda pagar a sus empleados, materiales y demás y no pueda haber bloqueado ese dinero con el que desde algún banco realicen los pagos. Nos dio la jueza 3 chalets a embargar y en breve saldrá la subasta y ya sabemos que no cubrirá la deuda ni en el mejor de los casos de la subasta. Por ello de nuevo tendremos que pedir ampliación de embargo, pero en lugar de estar otros dos años para embargar otros pisos me gustaría saber si no sería más fácil vía Hacienda u otro medio embargar sueldos del presidente, cuentas corrientes, coches o bienes más líquidos y fáciles de vender, o pedirla a la jueza que sea el juzgado el que realize la búsqueda de bienes y su correspondiente embargo
Gracias por su respuesta de antemano

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Tiene usted toda la razón.
Me extraña que sus abogados no hayan solicitado que se libre oficios a la Agencia tributaria o la consejería de hacienda del gobierno autónomo corresponodiente o incluso directamente que ordene al juzgado a librar oficios a los bancos..
Con dichos oficios, que se consiguen en un mes más o menos te facilitan toda la información de las cuentas corrientes y demás productos bancarios de que dispone la empresa deudora.
Por ello, mi consejo es que presione a sus abogados para que soliciten oficios al Juzgado en los términos que le he comentado y soliciten de inmediato motivadamente la ampliación del embargo.
Y para nuevas ocasiones cambie de abogados por lo visto, por cuanto embargar inmuebles debe ser siempre el ultimo recurso, como usted muy bien dice. Se tardan años, es muy costoso y normalmente siempre tienes acreedores por delante.
Muchas gracias por su respuesta.
Respecto a lo de cambiar de abogados lo pensé hace mucho tiempo, pero ya habían empezado el proceso y me dijeron que tampoco era fácil que soltaran el caso así que decidí continuar con ellos muy a mi pesar

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