Falsedad documental

Quisiera saber si falsear un documento público se considera delito o falta y qué pena puede llevar.

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La falsedad en documento publico es considerada como delito por los arts. 392 y siguientes del C.Penal. (siempre que sean cometidos por particulares, ya que para el cso de funcionarios o autoridades publicas, serian aplicales los arts. 390 y siguientes del mismo código) .
La pena que se establece para dicho delito, es desde prisión de SEIS MESES, HASTA TRES AÑOS y multa de seis a doce meses.
Me faltó preguntar por el plazo de prescripción. Sería un particular.
En la pena debe decir: de hasta TRES AÑOS ( por error se puso meses). La prescripción es de 3 años.
Muchísimas gracias. Hacen uds. un servicio excelente. Las leyes están ahí, el código penal se puede consultar pero, es tal las vueltas que hay que darle, y si uno no entiende de los temas, por mucho que lea siempre queda la duda.
Reitero mi agradecimiento.
Oriana

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