Accidente de circulación

Hola buenas,
estoy un poco preocupado, el día 12/01/2008, tuve un accidente de circulación, se saltaron un semáforo y me destrozaron el coche, es decir siniestro, a mi la ambulacia me trraslado al hospital con un ataque de ansiedad, des pues de tres meses llego el atestado de la policía local, el cual me da la razón a mi pero la compañía contraria se niega a pagar, llevo un año con el tema y he decidido llevar el tema por vía judicial, es que ya va para el año,
Yo quisiera saber que es lo que tengo que reclamar mi compañía dice que el valor del coche, y yo, les digo que también quiero los interese de demora, no se si me explicado bien, pero es que estoy tan arto de este tema que veo que mi compañía que es mapher no se mueve, o a mi me da esa impresión, la otra compañía es linea directa
Un saludo y a ver si me pueden ayudar
Muchas gracias
Respuesta
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Te recomiendo pasar el expediente a un abogado particular. En tu póliza de seguro puedes designar abogado particular cuando no estas contento con el que tienes o cuando la compañía como ahora no te hace mucho caso. Los gastos de este abogado particular los pagara tu compañía de seguros hasta un limite establecido en póliza, que suele ser desde los 600 hasta los 3000 euros.
El abogado particular te defenderá mejor, incluidos los gastos materiales y las lesiones si las ha habido. Por supuesto debes pedir el valor del coche o la reparación del mismo, tu eliges, y con intereses de demora, pues si con el dinero que la compañía te debía pagar hace un año te podías comprar un coche, ahora con ese dinero no te lo podrás comprar.
Yo te aconsejo ir a un concesionario y que te den un presupuesto de lo que te costaría hoy en día comprar un vehículo similar al que tenias, y pediría esa cantidad, pues es lo justo. Pregunta a un abogado particular, ve con la póliza y el te explicara como lo podéis hacer, no tienes porque conformarte con el abogado que te pone el seguro, pues siempre barren para casa...
Para esta o cualquier duda consúltame en www.segurosuperfacil.blogspot.com
(No olvides votar al cerrar la pregunta.

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