Multa administrativa

Hace ya casi un año año (15-12-07) que cometí la falta (leve), el 13-10-08 me llego el acuerdo de iniciación, que fue enviado el 6-10-08, tenia 15 días para alegar pero lo deje pasar y hace casi una semana me llego la primera notificación que todavía no he recogido, tengo entendido que te mandan una segunda y sino se recoge se publica posteriormente en el boe y se da por notificada.
1- Sabiendo que las multas leves prescriben a los 3 meses, a partir de que fecha exactamente prescribe, el día que se cometen los hechos, ¿el día que se envía el acuerdo de iniciación o el día que se recibe tal acuerdo?
2- Si prescribe, ¿cómo podría alegarlo? Ya que hasta que no se publique en el boe, esto es posible.

1 respuesta

Respuesta
1
Si son ciertos los datos, debes recoger la multa y alegar la prescripción para evitar que el procedimiento continué y se de por firme la sanción propuesta.
Ya si eso lo supongo, pero no se que ley es la que tengo que alegar y como pero sobre todo a partir de que fecha exactamente prescribe que es lo que más me interesa saber, porque si es desde el acuerdo de iniciación todavía no ha prescrito y tendría que esperar.
Ley de procedimiento administrativo 30/92. Ley procedimiento sancionador RD de 1.994 y la Ley de Seguridad Vial.
Prescribe por que desde el día que se cometen los hechos objeto de denuncia hasta que se notifica el acuerdo de incoación del procedimiento han transcurrido más de tres meses.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas