Inscribir en registro compra precio aplazado

Buenos días,
Voy a comprar una casa a un particular, al que le voy a ir dando cantidades a cuenta, la posesión de la finca se me entregara inmediatamente. La pregunta es ¿puedo inscribir la finca a mi nombre aunque no esté totalmente pagada? ¿Se incluirá en el registro una anotación que indique esta circunstancia?
Por favor agradeceré una respuesta urgente pues este fin de semana tengo que dar una respuesta`
Gracias

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Es practica habitual y los notarios están acostumbrados a hacer escrituras de este tipo con clausula resolutoria o sin ella.
La compra se escritura normal, lo que pasa es que se pone que falta de pagar por Euros que se pagará de la forma siguiente, durante 5 o 10 años, o los que se hayan pactado.
Esta clausula permite al vendedor llevar a juicio por las cantidades que no se hayan pagado.
Si la clausula es resolutoria, en caso de que no se pague un plazo, la propiedad vuelve a manos del vendedor y además, una vez pagado todo hay que ir al Notario para levantar esa clausula resolutoria e inscribir su cumplimiento en el Registro de la Propiedad.
Pero cualquier pacto de pago aplazado es legal.

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