Derecho de ventanas

La casa en la que vivo tiene 3 ventanas en su parte posterior, por detrás de la casa hay un paso para acceder a la casa por la paarte de atrás de 1,30m. Aprox., en el solar posterior el propietario del mismo intenta edificar, ¿qué separación temdría que dejar de mis ventanas?. Aunque no sé si importa, he de decir que mi casa y la finca que ahora pretenden edificar fue en tiempos una única finca y que fue segregada y vendida a varios compradores.

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Puede construir en el mismo lindero, pero si lo hace así, no puede abrir ventanas a tu casa, tan solo huecos para luces.
Si quiere abrir ventanas, deberá retranquearse hasta los 3 mts. desde la línea de tu fachada
Ante todo gracias por la posible respuesta.
-Creo que alo mejor mi pregunta no fue clara, creo que lo aclararé un poco más di digo que en la escritura de compra-venta figura textualmente:"en la presente compra-venta se entiende incluido el derecho a servirse de paso por la parte posterior de lo ve ndido, conservando la porción vendida, si así lo estim a el comprador, las luces existentes en dicha casa".
Yo le oía hablar a mi padre de que la distancia era de 3 metros, mi padre, por desgracia hace casi 20 años que falleció; no obstante, en caso de que eso fuese cierto ¡Desde donde se mediría la distancia, desde la fachada de mi casa o a partir del paso, ¿qué tien 1,30 m.aprox.?
Muchas gracias, esto me tiene muy preocupada, hemos comprado recientemente la parte de la casa a mi hermano, estamos pagando un crédito que hemos pedido para ello, y no dejamos de pensar que hemos cometido el error más grande de nuestra vida.
Muchas gracias, sobretodo por la rapiedez, las cosas han quedado claras para mí, aunque no son las mejores noticias, pero la ley es la ley. Muy agradecida por todo.

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