Piso de protección oficial
Gracias de antemano, mi problema, y digo problema porque me está trayendo discusiones con mi pareja y demás...
A mi pareja le adjudicaron un piso de protección oficial, yo no puedo aparecer en ningún sitio: escrituras etc. El problemas es que lo vamos a pagar todo a medias, si el día de mañana nos sepramos y no estamos casados o a él le pasa algo, ¿Cómo recupero lo que es mío?
Me han informado de hacer un contrato privado, pero algunos abogados me han dicho que no tiene validez, puesto que es contradictorio con las condiciones de adjudicación y posiblemente un juez no lo admita. ¿Qué valor tiene este contrato? Si sólo el va a figurar en las escrituras y no me lo puede vender ni se puede modificar dicha titularidad..
Y también me han dicho que se puede hacer un recocimiento de deuda.
Por otro lado, como he leído en una de tus respuestas, guardo los recibos de lo que voy aportando, pero la transferencia la hago de mi cuenta a otra que está a nombre de los dos no sólo al de él, y de esa cuenta cobran las mensualidades, ¿Habría algún problema?
Qué me recomiendas, el contrato o el reconocimiento de deuda, ¿Se pueden hacer las dos cosas añadiendo alguna cláusula en la que se refleje que si se utiliza una cosa se excluye la otra?
Gracias, lo estoy pasando fatal con este tema
A mi pareja le adjudicaron un piso de protección oficial, yo no puedo aparecer en ningún sitio: escrituras etc. El problemas es que lo vamos a pagar todo a medias, si el día de mañana nos sepramos y no estamos casados o a él le pasa algo, ¿Cómo recupero lo que es mío?
Me han informado de hacer un contrato privado, pero algunos abogados me han dicho que no tiene validez, puesto que es contradictorio con las condiciones de adjudicación y posiblemente un juez no lo admita. ¿Qué valor tiene este contrato? Si sólo el va a figurar en las escrituras y no me lo puede vender ni se puede modificar dicha titularidad..
Y también me han dicho que se puede hacer un recocimiento de deuda.
Por otro lado, como he leído en una de tus respuestas, guardo los recibos de lo que voy aportando, pero la transferencia la hago de mi cuenta a otra que está a nombre de los dos no sólo al de él, y de esa cuenta cobran las mensualidades, ¿Habría algún problema?
Qué me recomiendas, el contrato o el reconocimiento de deuda, ¿Se pueden hacer las dos cosas añadiendo alguna cláusula en la que se refleje que si se utiliza una cosa se excluye la otra?
Gracias, lo estoy pasando fatal con este tema
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Respuesta de huecha
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