Furgoneta como vivienda

Hola, poseo una furgoneta la cual tengo habilitada como vivienda. La policía me hizo un control y la registro de arriba a abajo(3/4h de registro buscando detrás de paneles, cama, cocina, ropa, etc). Mi pregunta es referente a si tengo que realizar algún tramite para que esta conste como vivienda, así si la policía me detiene necesitaría una orden judicial para proceder al registro, por lo menos de la parte habitable de la furgoneta. ¿Qué condiciones son necesarias y cuales son los tramites?
Gracias por adelantado.

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Con respecto a la documentación necesaria en materia de transformación de vehículos vivienda, el Real Decreto 736/88 exige:
1. Certificado del fabricante del vehículo autorizando dicha reforma. Se debe exigir al fabricante que en dicho certificado especifique (aunque sea resumido) las partes principales de dicha reforma. Ej. : Vehículo vivienda incluyendo: Techo elevable con altura de 2,00 mt., asiento convertible en cama, plataformas giratorias y modulo de cocina con frigo. No basta con especificar solo en el certificado "vehículo vivienda" como se venía haciendo hasta ahora. Normalmente las principales marcas de furgonetas ya lo conocen, pero conviene insistir en ello. Estos certificados se piden a través del concesionario donde se adquirió el vehículo. También puede solicitarse en otro concesionario de la misma marca.
2. - Proyecto técnico visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales y certificado de ejecución de reforma. En el se especificara con todo detalle pesos y medidas antes y después de la transformación, así como todas las partes de la reforma realizada. Se incluirá plano pormenorizado de la misma. Este proyecto lo puede realizar cualquier ingeniero técnico industrial que esté colegiado.
3. - Certificado eléctrico (en caso de llevar instalación de 220 V) expedido por un electricista autorizado.
4. - Certificado de gas (en caso de llevar instalación de gas) expedido por instalador autorizado.
5. - Certificado del taller que ha realizado la reforma, donde figure el nº de Registro Industrial. En este documento deben figurar todas las partes de dicha transformación.
Todos los certificados deben cumplimentarse según modelo oficial. Las copias de estos certificados pueden solicitarse en cualquier estación de ITV.
Es importante señalar que, para que un vehículo pueda considerarse como "vehículo vivienda" o "autocaravana", debe contener al menos:
-1 asiento convertible en cama,
-Mesa,
-Un módulo de cocina
-Y algún módulo de armario o similar. Esta definición la recogió el BOE el 26 de Enero de 1.999 (Real decreto 2282/1998 del 23 de Diciembre).
Los aspectos fundamentales a la hora de pasar una ITV con éxito son:
- Sujeción firme de todo el mobiliario a la carrocería del vehículo.
- Estructura del asiento sólida y anclada al chasis mediante tornillos pasantes de acero 8.8. y contraplacas de sujeción. Esta es, últimamente, la parte más delicada en la ITV y la que puede dar más problemas en ITV. Si no se pretende obtener plazas de viaje en ese asiento, entonces no hay problema. En algunas Comunidades exigen asientos homologados, etc... y en otras no. En cualquier caso, hacer la base del asiento con estructura metálica y con una firme sujeción al chasis, es la mejor garantía para que no nos digan nada.
- Cinturones de seguridad con contraseña de homologación y anclados firmemente, igualmente, mediante tornillos pasantes de acero 8.8. Si el vehículo dispone de origen de anclajes para cinturones, intentar utilizarlos.
- No deben existir aristas en los muebles que puedan ocasionar lesiones.
- Ventilación permanente a través de la claraboya y de una rejilla a ras de suelo.
- Instalación de gas en cobre y con llaves independientes de corte.
- Compartimento de la botella de gas con 2 rejillas de 15 x 15 cm. De aireación. En ningún caso deben existir uniones eléctricas en dicho compartimento.
- Bocana de llenado exterior de agua alejada en lo posible del enchufe exterior de 220 v. Nunca encima de este, por problemas lógicos de humedad.
- Cajetín con protecciones normalizadas (para 220 v.) en zona de fácil acceso. Se suele instalar un diferencial de 25 A y 0,03 mA de sensibilidad y 1 o 2 magnetotérmicos de 15 A.
Estos aspectos no son todos, pero si los más comunes y en los que más se interesan todos los inspectores de las ITV. Como se puede ver, son los correspondientes a la seguridad del vehículo y de sus ocupantes, los puntos principales de revisión. Si en algunos casos (afortunadamente cada vez menos) nos encontramos con exigencias absurdas, por parte de algún inspector poco acostumbrado a ver este tipo de vehículos, como la instalación de reja de separación con la cabina, etc.; podemos tranquilamente dar conocimiento del tema al Ingeniero jefe de la estación, que presumiblemente conocerá mejor la normativa. En cualquier caso, se debe exigir SIEMPRE que manifiesten por escrito todos los posibles defectos a subsanar, con el fin de que en la siguiente revisión no nos exijan otros arreglos distintos.
Espero haberte aclarado la cuestión, y ya sé que es bastante extenso, pero eso es todo lo que debes hacer.
Muy agradecido por la respuesta, sobre todo por la rapidez y por los datos técnicos. No esperaba encontrarme con tantos requisitos, certificados, etc... Supongo que seguirá tal como esta y tendré que seguir aguantando incordios. Muchas gracias por tu atención.

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