Diligencia de embargo

He reclamado a un moroso de mi empresa mediante demanda judicial, una cantidad que nos debía, después de que por procedimiento monitorio ni pagó ni presentó alegaciones del porqué no pagaba. Ahora tenemos una diligencia de embargo, mi pregunta es: ¿Qué procedimiento sigue a esto? En la dilegencia que nos ha venido en la que se declara embargado una cómoda de madera por valor de 980 euros ¿qué hago ahora?. ¿Puedo ya disponer de esa mercancía?.

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Iniciado un procedimiento monitorio si este no se contesta ni se opone, obtienes directamente un "titulo judicial" para obtener el dinero que se te adeuda.
Si se han obtenido bienes muebles o inmuebles, el juzgado deberá sacarlo a subasta para hacer pago de las pretensiones de la parte demandante.
Quizá deberías hacer un escrito para instar la subasta, pero lo más seguro es que ese procedimiento ya esté iniciado.
Gracias por responderme.
¿Entonces no tendría que hacer nada? ¿O mejor solicito escrito de la subasta?. Puesto que si no hago nada, me arriesgo, a que estén esperando desde el juzgado, ¿a qué yo inicie algo?.
Como verás estoy más perdida... Y es que todos son complicaciones, y la justicia es tan lenta..
Efectivamente, mejor dirige un escrito simple al juzgando interesando la subasta de los bienes para hacer frente al pago de la deuda. Todo lo más que podrán decirte es que ellos ya lo habían instado y que no hace falta tu escrito.
Si has actuado en el proceso con abogado, que acuda él al juzgado y que pregunte el estado del expediente (cosa que por otra parte puedes hacer tu en calidad de demandante).

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