¿Sorprendieron a una amiga mía robando en un centro comercial por importe menor de los 300 euros?

Hola, ante todo gracias por tu tiempo, ¿recientemente sorprendieron a una amiga mía robando en un centro comercial por importe menor de los 300?, por oque hasta lo que yo se se considera una falta y no delito. Bien, mi pregunta es que es lo que le puede suceder habiendo puesto ya el comercio la denuncia ante la policía.
Sin más gracias
Respuesta
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Por la comisión de una falta de esta naturaleza, se tramitará el juicio de faltas a la que será citada oportunamente, si bien en principio no es necesario abogado ni procurador, siempre es aconsejable el hacerse acompañar por un abogado
La ausencia injustificada del imputado a quien se le haya notificado oportunamente la celebración del juicio no lo interrumpe por lo que podría celebrarse en su ausencia
En el juicio se interrogará al imputado se practicarán las pruebas que las partes aporten en el acto y finalmente se dictará sentencia
En cuanto a la pena el artículo 623 del código penal prevé como tal la localización permanente de cuatro a 12 días o multa de uno a dos meses
Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad civil que pueda recaer

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