Prestación por desempleo

Se me termina el contrato de trabajo y me quedan tres meses de desempleo, He estado trabajando casi dos años con distintos contratos.

Mi pregunta es cuando termine los tres meses de desempleo, cuando puedo utilizar los dos años que he trabajado.

gracias

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Si has estado trabajando casi 2 años mediante varios contratos temporales y has dejado en suspenso esos 3 meses de paro que te quedan, con la finalización de tu actual contrato tendrás un plazo de 15 días para solicitar el paro y el INEM te comunicará el derecho de opción a percibir los 3 meses de paro que te restan o bien el paro que has generado con esos distintos contratos y durante casi 2 años.

Deberás optar entre uno u otro. Lógicamente el paro que has generado con estos casi 2 años de trabajo será sin duda superior y mas beneficioso para ti que los 3 meses de paro que te restan.

Al ejercer el derecho de opción lo que no elijas lo pierdes.

El fundamento jurídico a lo que te comento lo encuentras en el artículo 210.3 de la LGSS:

Cuando el derecho a la prestación se extinga por realizar el titular un trabajo de duración igual o superior a doce meses, éste podrá optar, en el caso de que se le reconozca una nueva prestación, entre reabrir el derecho inicial por el período que le restaba y las bases y
Tipos que le correspondían, o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones efectuadas. Cuando el trabajador opte por la prestación anterior, las cotizaciones que generaron aquella prestación por la que no hubiera optado no podrán computarse para el reconocimiento de un derecho posterior, de nivel contributivo o asistencial.

Laborser

Muchas gracias:

Pero una aclaración, el ultimo contrato ha sido de nueve meses, pero entre el anterior y este he consumido cuatro meses de paro antiguo. Eso quiere decir que solo tengo los nueve meses del ultimo contrato.

Un saludo

Entonces, la situación cambia, pensaba que los contratos eran de un año al menos.

Si los diferentes contratos que has tenido y en los que has intercalado la reanudación de tu paro, del que ya solo te quedan 3 meses, han durado menos de un año cada uno, en ese caso no hay derecho de opción.

Cuando los contratos duran menos de 12 meses lo que se produce es la suspensión de la prestación y la reanudación una vez terminas el contrato, tras este último contrato de 9 meses reanudarás el paro que te queda y para poder utilizar la bolsa de paro que has ido generando en estos casi 2 años que comentas que has trabajado tendrá que ser tras una futura extinción de contrato que sufras, mientras queda acumulado y a la espera.

Artículo 212 de la LGSS:

El derecho a la percepción de la prestación por desempleo se suspenderá por la Entidad Gestora en los siguientes casos:

d) Mientras el titular del derecho realice un trabajo por cuenta ajena de duración inferior a doce meses.

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