No renovación contrato fin de obra

Quisiera saber si un contrato de fin de obra que tiene una duración de 3 años, no te lo van a renovar a los 2 años, ¿es legal o no?; también quisiera si en el preaviso tienen que indicar aparte de la no renovación, algún motivo más. Si el preaviso de los 15 días empieza un sábado y lo dan el lunes, ¿es legal?.

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La duración máxima de un contrato de trabajo por obra o servicio es de 3 años o 4 años si así se establece en el convenio colectivo sectorial o empresarial, por lo tanto si la duración de la obra o del servicio para el que fuiste contratado, excede de ese tiempo no te pueden renovar el contrato de trabajo si no que te tienen que hacer un contrato indefinido, todo lo demás seria en fraude de ley lo que de despedirte te tendrían que indemnizar no con los 8 días correspondientes a la finalización de un contrato temporal si no con los 45 por año de servicio hasta antes de la reforma laboral y a razón de 33 días por año de servicio en la empresa para las indemnizaciones posteriores a la reforma laboral del 2012.. El plazo de preaviso, será el que tenga establecido el convenio colectivo. En caso de que no se refleje, nada los días de preaviso deben ser naturales, igual que en los casos del despido objetivo, según el art. 53.1c) del Estatuto de los trabajadores es decir que en los días establecidos de preaviso también cuentan los sábados y los domingos si en el convenio colectivo no se refleja otra condición. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

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