Descanso remunerado en jornadas intensivas

Hola,

me han propuesto trabajar durante 9,30 seguidas con media hora para comer. No me han aclarado si esa media hora entra dentro del horario realizando y cobrando un total de las 9.30h o pretenden descontarme la media hora pagando un total de 9h. Me resulta inaceptable puesto que no me da tiempo a ir a casa a comer. ¿No debe la empresa pagar dietas? ¿Media hora es lo legal teniendo en cuenta la cantidad de horas seguidas?

(por cierto estas horas están repartidas a lo largo de la semana alternando días de fiesta para completar las 40h semanales)

Muchas gracias,

nunca dejan de sorprenderme!!!

Saludos.

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El tema de que la media hora de comida cuente como de trabajo debe estar pactada con la empresa, sino la empresa te puede exigir que salgas media hora mas tarde para recuperar la media hora de bocadillo.

El Estatuto de los trabajadores marca el derecho a 15 minutos de descanso en jornadas de más de 6 horas continuadas de trabajo, pero no se consideran de trabajo efectivo y la empresa puede exigir que se recuperen.

Sobre la obligación de pago de dietas o que esta media hora de comida cuente como de trabajo debe estar pactada con la empresa o regulada en el convenio que te sea aplicable, sino en principio no hay derecho.

Ya podría sorprenderte retribuyéndote esa media hora, que es de justicia en 9 horas de curro.

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