Contrato de obra y servicio

hola buenos días, replanteo ahora la pregunta:

pueden los contratos de obra y servicio tener acuerdos anexos? El mio tenia uno donde especificaba: "EL PRESENTE CONTRATO QUEDARA EXTINGUIDO AUTOMÁTICAMENTE POR MOTIVOS UNILATERALES DE LA EMPRESA ....." por lo tanto hoy 02 de julio me entere que rescindían de mi contratación desde el 30-06-2014, puedo impugnar ese despido o no puedo hacer nada...
por otro lado mi contrato era de 15 horas, y varios meses hacia mas de esa cantidad de horas, por lo que la empresa que me subcontrato me pagaba la diferencia en cheques que según la seguridad social no cotice, tengo copia de todos los cuadrantes y los cheques que me daban, se puede demandar a la empresa? Ya que según la seguridad social no cobro el paro, ya que no llego a los cómputos.

1 respuesta

Respuesta

Los contratos pueden tener documentos anexos en los que se incluyan disposiciones que afecten a la relación entre trabajador y empresa, pero esas clausulas deben ser legales, es decir, no pueden contradecir el propio Estatuto de los Trabajadores u otras disposiciones que regulen la relación contractual.

Entrando en el asunto que te afecta, esa disposición es totalmente contraria al EStatuto de los Trabajadores, que en sus artículos 49 y siguientes estipula los motivos que pueden existir para despedir a un trabajador. Así que, si que puedes impugnar el despido, rotundamente.

Hay un dato muy importante, y es que tienes 20 días hábiles para presentar la solicitud de acto de conciliación, que daría pie a poder interponer la correspondiente demanda ante los Juzgados de lo Social.

Respecto a la otra pregunta, puedes demandar a la empresa para que cotice por las horas que realmente has trabajado. Sería fácil demostrar que has trabajado más horas de las consignadas en el propio contrato, ya que tienes documentos (cheques) que avalan tu postura.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas