Partes de baja y finiquito

Mi consulta es la siguiente:
Cojo la baja el día 15 de mayo (por IT) y la empresa me despide y finiquita todo el día 16 de mayo (sin saber la empresa que yo estaba de baja porque no les entregue el parte de baja aun).
Yo cojo el alta el 16 de mayo.
Mi Pregunta:
A) Estoy obligado o estaba obligado a entregar a la empresa que me despidió el parte de baja del día 15 de mayo? ( ellos ya me han finiquitado todo y ese día me lo han pagado como trabajado ya que no les entregue el parte de baja ya que tenia 3 días para hacerlo y no se han enterado ). Siempre puedo alegar que se lo deje en el buzón de la oficina.....
B) El parte de alta lo tenia que entregar en en la SS el día 16 de mayo? Ese día ya no trabajaba en la empresa que me despidió por eso lo de entregar el parte a la SS.... Pero teniendo en cuenta que no entregue a la empresa el del día 15 de mayo (mi baja) pasa algo por no entregar el parte de alta el día 16 en la SS? Me puede repercutir en algo y que el medico manda una copia a la SS, pero no se si por no cumplir entregando yo mi alta me pasa algo.
Espero haberme explicado bien.
Un saludo y gracias.

3 Respuestas

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Mi consejo, no entregues ningún parte a la empresa. Ya te han pagado el día 15 y como has sido alta el día 16, no te corresponde ninguna prestación por enfermedad.

No creo que tengas problemas al solicitar el desempleo. Lo más que puede ocurrir es que te cuente el día 16 como enfermedad y te lo descuenten del paro, eso si el INSS comunica el dato al SEPE. Además como te han pagado el día 15 que puede que no te correspondiera cobrar si tu convenio no tiene complemento de enfermedad, lo comido por lo servido.

Un saludo.

Juan Carlos Zarcero

www.hhasesores.com

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No hace falta que entregue nada. Si la empresa le ha despedido y le ha abonado lo que le corresponde no es necesario que entregue los partes de baja ni de alta.

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Es muy raro que tengas un parte de baja de 2 días, ya que la normativa establece que sólo se extenderá una baja a partir 4º día de la duración de la enfermedad, y en los primeros días se extenderá un volante de 12 a 36 horas según el facultativo, y este periodo no se entenderá de IT.,

También puede suceder que la baja, la hayas forzado y el facultativo del INSS., entendiera que iba a ser de más de 4 días, y después visto lo que te sucedió le forzaste a que te diera el Alta.

El parte de baja debes entregarlo en la empresa con el fin de que te calculen bien el finiquito, ya que ese día es de alta plena en la empresa (día 15), tu liquidación estará mal calculada y habrás cobrado de más, muy poquito.

El parte de alta, lo debes entregar en el SEPE., ya que estarás cobrando el desempleo y lo deben de conocer.

Mi consejo comunicarlo al SEPE, tanto la baja como la alta, ya que existe un proceso que puede interrumpir la prestación, por esta simple tontería.

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