Ere reducción jornada

Buenos días.
Mi empresa quiere presentar un ere de reducción de jornada. No sabemos aún el porcentaje de reducción ni el horario que van a proponer. Mi pregunta es si los trabajadores tenemos opción de aceptar o no el horario que proponga la empresa. ¿En caso de no llegar a un acuerdo quién establecería el horario?
Muchas gracias.

3 respuestas

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Lamento comunicarle que el Derecho Laboral, no es mi especialidad.
Solo puedo indicarle lo que dice la normativa.
"Las discrepancias surgidas entre empresario y trabajador sobre la concreción horaria y la determinación de los períodos de disfrute previstos en los apartados 4 y 5 de este artículo serán resueltas por la jurisdicción competente a través del procedimiento establecido en el artículo 138 bis de la Ley de Procedimiento Laboral".
Es decir se resolverá vía judicial, siguiendo las reglas que marca el art. 138bis de la Ley de Procedimiento Laboral, que son:
"El trabajador dispondrá de un plazo de veinte días, a partir de que el empresario le comunique su disconformidad con la concreción horaria y el período de disfrute propuesto por aquél, para presentar demanda ante el Juzgado de lo Social. El procedimiento será urgente y se le dará tramitación preferente. El acto de la vista habrá de señalarse dentro de los cinco días siguientes al de la admisión de la demanda. La sentencia, que será firme, deberá ser dictada en el plazo de tres días".
Ruego cierre pregunta y valore
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Si el empresario va a presentar un ERE de reducción de jornada laboral es porque tiene las suficientes causas técnicas, organizativas, productivas o económicas para realizaros esa modificación del contrato (como es la jornada laboral), tendrías que aceptar el nuevo horario. En caso de no llegar a un acuerdo, realizarán las pertinentes consultas vuestros representantes sindicales hasta que lleguéis al acuerdo; en el caso de que no se llegue la autoridad laboral competente dictaminará una resolución.
Os lo tiene que preavisar con 30 días por escrito el cambio de jornada y cuando se empieza a realizar.
Podéis cobrar la parte proporcional a la disminución del trabajo en el paro.
Besos.
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En principio seria negociar con la empresa, si no se llega a un acuerdo no se si seria la jurisprudencia competente la que determine el horario, pero para eso tendrías que denunciar. Lo mejor es negociar.

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