Indemnización por despido

Buenos días.

Llevo casi 5 años trabajando en una empresa como auxiliar administrativa, aunque también ejerzo de dependienta, limpiadora y lo que se ha terciado. Mi jefe me ha dicho que van a cerrar la tienda y me van a despedir, porque aunque siguen con parte del negocio, ya no me van a necesitar. En un principio me iba a mantener en plantilla hasta enero para que le dejara cerrada la contabilidad, pero ayer me dijo que me va a despedir a finales de este mes y que me va a indemnizar con 20 días (12 la empresa y 8 el fogasa). Lleva unos meses cobrando muchas facturas en "B", es decir sin IVA, por lo que esos ingresos no quedan registrados en ningún sitio y por otra parte me temo que me quiere despedir este mes, porque en noviembre tenemos que entregar un material (que yo he vendido) y por el que la empresa se embolsaría más de 12000 euros y quizá debería pagarme más o incluso no podría despedirme argumentando perdidas económicas. Tengo un hijo de dos años, estoy separada y tengo un hipoteca, me siento engañada y lo peor es que no sé si tengo algún derecho a reclamar.

Muchas gracias por su atención.

Laura.

Respuesta
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La empresa te puede despedir con 20 días de indemnización y un máximo de 12 mensualidades simplemente acreditando perdidas económicas como consecuencia de la reducción de los ingresos causada por una disminución de las ventas por lo que a la empresa no le quedaría otra alternativa que la de proceder a despedirte para amortizar la parte de las perdidas económicas que la pudiera ocasionar seguir manteniendo tus servicio en la empresa razón por la que el despido seria un despido procedente por lo que no cabria ninguna posibilidad de reclamación contra dicho despido.. Pero si tu estas convencida de que eso no es así, si no que la empresa sigue manteniendo tanto el nivel de ingresos como el de las ventas, y a pesar de todo te despiden por causas económicas, puedes interponer ante el SMAC una demanda por despido improcedente, porque si se acredita que la causa del despido no son las alegadas por la empresa si no que el despido obedece a otra causas totalmente diferente, y demandas a la empresa por despido improcedente la indemnización ya no seria de 20 días por año de servicio en la empresa si no de 45 días por año de servicio patera los contratos indefinidos de antes de la reforma laboral o de 33 días por año para los contratos firmados después de la reforma laboral, y aunque la demanda la puedes presentar tu misma en el SMAC también puedes acudir a un sindicato o a un graduado social que puedes solicitar en el ayuntamiento de tu localidad para que te asesoren adecuadamente y se encarguen de todas las gestiones que conlleva el proceso así que antes de que te entreguen la carta de despido y de firmar el finiquito busca asesoría jurídico laboral para que te digan a lo que tienes derecho y en caso afirmativo para que se encarguen de gestionar la demanda si así lo decides tu aunque la demanda también la puedes presentar tu misma, sin ningún tipo de mediación y en el mismo SMAC te dirán como la tienes que presentar, pero no te vendría mal que previamente, al menos te asesores para que sepas como tienes que proceder.. Si no necesitas ninguna aclaración, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

Gracias por la rápida respuesta. Acudiré a los Sindicatos, pero me temo que no tendré nada que hacer, esta reforma laboral nos ha dejado totalmente indefensos.

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