En el contenido de demanda laboral ya debo hacer ref. A los los documentos probatorios y adjuntarlo.

Soy un toga praetexta (novato) y me enfrento a la redacción de mi primer demanda, siendo esta de naturaleza laboral (Despido y cantidad). La duda que me asalta pasa por saber si en el contenido de la misma ya debo hacer referencia a los documentos probatorios en los que se basan mis pretensiones y si los tengo que adjuntar debidamente numerados.

Gracias.

1 Respuesta

Respuesta
1

Hace un tiempo no se permitía la acumulación de las acciones de despido y reclamaciones de cantidad, pero actualmente se permite (lo permite la actual LRJS) de forma que te ahorras trámites y tiempo, y dinero al cliente.

Ten en cuenta que en vía laboral los trámites que se siguen son los equivalentes a un declarativo verbal civil, es decir, meter demanda - admisión - señalamiento de juicio - juicio, de forma que podrás acudir al juicio con tantas pruebas como puedas/quieras. Esto te permite que a la demanda puedas adjuntar más o menos documentación, sin que te pongan pegas en el juicio a la hora de plantear pruebas por ser extemporáneas ni historias.

Como humilde consejo, armar la demanda lo suficiente como para que no te la tumben en el momento de admitirla, adjuntando la documentación que tengas. Pero si tienes alguna documental "estrella" con la que pretendes dar la sorpresa en Sala, no la acompañes, pues de lo contrario le vas a dar a la parte contraria entre 4 meses y 1 año y medio para que la estudie y te busque argumentos en tu contra, con lo que el factor sorpresa se va al traste.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas