Contrato por Obra o servicio

He estado trabajando para una multinacional a través de una subcontrata. En primer lugar me hicieron un contrato de 6 meses para "atender exigencias circunstanciales del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, consistentes en atender la acumulación de tareas por demanda de ... S.A.( prefiero omitir nombres) en el departamento de robótica, aun tratándose de la actividad normal de la empresa." Inmediatamente después me hicieron otro para " la realización de la obra o servicio atender la acumulación de tareas por demanda de ... S.A. ( la misma empresa), en el departamento de robótica" que ha durado cerca de 2 años hasta que me han despedido por negarme a realizar horas extraordinarias, extremo que no puedo demostrar por que me han utilizado para meter miedo a mis ex compañeros. Entonces mi empresa me quiere despedir por finalización de contrato y dejarme sin indemnización.
Mi pregunta es: Han incurrido en algún tipo de fraude en los contratos ya que el primer contrato de acumulación de tareas tiene unos plazos máximos y el segundo contrato de obra y servicio me lo hicieron también por el mismo concepto o puedo recurrir a otro tipo de argumento para pedir indemnización.
Entiendo que el tema es complicado. Gracias.

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En principio con lo que me has contado no veo ninguna anomalía en los contratos, el Cto eventual como máximo es de 6 meses en un periodo de 12 meses. Y en de fin de obra lo que quiera la empresa.
Pero si puedes demostrar que ha ocurrido una sucesión de contratos, puedes demandarlos y pedirlos que te hagan un contrato indefinido.
Indemnización te tienen que dar obligaotiramente, en principio te tienen que dar 8 días por año trabajado, a no ser que tu convenio refleje otra cantidad superior. La indemnización es irrisoria pero bueno, algo es algo.
Ellos pretenden extinguir el contrato por terminación de este, supongo que por finalización de obra o servicio, siendo así ¿tendría derecho a la indemnización que mencionas?. En el contrato hay una cláusula adicional en la que pone que, una vez terminados la obra o servicio el trabajador no tiene derecho a indemnización.
En cuanto a la sucesión de contratos entre la finalización del primero y el inicio del segundo van seis días.
La sucesión de contratos es difícil demostrala, pero como has mencionado que las actividades que has hecho en ambos contratos son las mismas, por ahí podrías meter mano.
En un contrato puede poner misa. Si una clausula esta fuera de la ley es nula en su nacimiento y puedes reclamar la indemnización que te corresponde.
Ante todo ten cuidado con los tiempo para demandar, ya que cuando recibas la carta de finalización de contrato tienes 20 días para poner la conciliación y luego unos pocos días para poner la demanda en el caso de que no llegues a un acuerdo en la conciliación.
Para la sucesión de contratos creo que tienes un año para demandar.

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