Baja por maternidad y seg.soc

Tengo un par de dudas, os agradecería vuestra ayuda:
Tengo cotizados los 180 días que piden para poder cobrar la baja por maternidad.
Mi 1ª pregunta es: Mi último contrato es de 10 días, ¿cuentan en la seg.soc los 10 días últimos o los últimos 180 cotizados en su totalidad? Para saber lo que me pueden pagar.
Mi 2ª pregunta es: En esos 10 días de contrato, ¿si no me pongo de parto (que la fecha es muy próxima) para poder cobrar el 100% que es mejor la baja por it o por maternidad? No se muy bien lo que debería de hacer
Os agradecería que me orientaseis, un saludo

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Para el cálculo de la prestación de maternidad se tiene en cuenta el mes anterior al nacimiento, si estás desempleada se tomaría la base de cotización de cuando trabajabas.
Si estás trabajando o si estás cobrando la prestación de desempleo, en cualquiera de las dos situaciones tienes derecho a la prestación de maternidad y la cuantía sería la misma porque se tendría en cuenta la misma base reguladora, tanto el trabajo como la prestación de desempleo quedarían suspendidos hasta la finalización del permiso de maternidad.
Ok, lo de la base de cotización me quedó claro.
Pero entonces en el caso de que estuviera desempleada y no cobrase la prestación de desempleo, ¿no tendría derecho a la prestación por maternidad?
Mi otra duda es si trabajando me da mi médico de baja porque me faltarían días para dar a luz, ¿cobraría el 100% de la baja?
Si tuvieras derecho a la prestación aun estando de baja médica la prestación es la misma, el 100% de la base reguladora, durante la IT se mantiene la base de cotización por lo tanto no afecta a la base reguladora.
Para tener derecho debes estar en alta o en situación asimilada al alta, es decir, o trabajando en una empresa o cobrando la prestación por desempleo.

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