Tribunal medico y trabajo

Hoy he ido al tribunbal medico porque estoy de baja, tengo una enfermedad genética y degenerativa que cada vez me impide más trabajar, en el tribunal medico me han dicho que me contaran a partir de mi anterior trabajo que era más de esfuerzo físico, este trabajo que tengo actualmente es sentada y no tengo que hacer ningún esfuerzo y lo puedo llevar a cabo ademas estoy contratada con minusvalía con esas condiciones.
El tribunal medico me han dicho que casi seguro que con los informes que le he dado me darán la pensión absoluta y que al estar contratada con minusvalía no hace falta que deje el trabajo, ¿eso es cierto? ¿Y cuánto cobrare el 100% o el 55%? Estoy algo perdida, yo este trabajo no quiero dejarlo porque me ayuda psicológicamente a estar valorada y ademas no requiere esfuerzo por lo que me es fácil realizarlo.

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Si te conceden una incapacidad permanente total (IPT), implica que te concederían una pensión vitalicia en la cuantía del 55% sobre tu base reguladora, se puede incrementar con el tiempo, debido a que no puedes desempeñar tu trabajo habitual pero si otro que sea compatible con tu enfermedad, por lo que si te la conceden para el trabajo anterior podrías continuar con el actual trabajo.
Si te conceden una IP absoluta, la prestación es del 100% sobre la base reguladora, e implica que no puedes desempeñar ningún tipo de trabajo, ni el habitual ni otro diferente. Cabría la posibilidad de realizar otro tipo de trabajo acorde a tu capacidad residual de trabajo pero no uno de los considerados habituales. Si te concedieran esta IP en principio no podrías trabajar en el trabajo actual.
Si no estuvieras de acuerdo con la resolución del tribunal médico podrías recurrirla.

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