Micrófonos ocultos en el trabajo.

Nos han puesto, sin nuestro conocimiento, un día festivo que la tienda (tienda de ropa de sras.)Estaba cerrada, micrófonos ocultos, que se han descubierto por casualidad. ¿Tiene el empresario derecho a ponerlos? Si no lo tiene, ¿qué podemos hacer?

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Es evidente que lo que se pretende al adoptar esta medida es un control del personal, aunque dependiendo de la colocación de esos micrófonos también puede afectar a la clientela.
Por supuesto, estoy convencido que el empresario puede llevar su negocio como creo más conveniente y nada le impide el control de sus empleados, pero siempre con un límite, y es el propio derecho de sus trabajadores a su intimidad.
En este caso, parece evidente que la colocación de micrófonos ocultos supone atentar directamente contra el más elemental derecho a la intimidad de los trabajadores.
La decisión a adoptar debe ser que los trabajadores se pongan todos de acuerdo y plantearle directamente al empresario que se tiene conocimiento de la colocación de estos micrófonos y que debe proceder a retirarlos, dejando claro que en caso contrario se procederá a presentar una demanda de amparo del derecho constitucional a la intimidad y la propia imagen.
Antes de adoptar esta decisión, deben tener claro que todos los trabajadores han de estar de acuerdo, y sobretodo saber que deben estar dispuestos a llegar hasta el final.
Esta es mi opinión salvo otra mejor fundada en derecho.
Bladimiro Haro
Abogado del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona
P.D.: Si tienen alguna otra cuestión no duden en ponerse en contacto conmigo.

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