Problemas con un trabajador

Mi padre tiene una pizzeria y tenemos un problema con la cocinera, ella quiere irse pero con un despido y con su indemnización, el problema que tenemos es que ella esta haciendo que todos los pedidos en cocina tarden en salir y esta consiguiendo que los clientes dejen de venir ya que tarda en tener las pizzas lista entre una hora y una hora y media, a consecuencia de esto a bajado la venta y apenas tenemos para cubrir gastos, en momentos inclusos ha declarado que ella cuando se valla de allí sera cuando coja el dinero que antes si se tiene que dar de baja hará lo que sea, mi padre ya no sabe que es lo que puede hacer por que por su culpa esta consiguiendo que al final tenga que cerrar la pizzeria y este es nuestro único medio de vida en estos momenos. Gracias

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Veamos, los dueños sois vosotros, tendréis que dar ordenes y organizar el trabajo como creáis conveniente .
Leer bien el convenio al que pertenecéis . y tan pronto os conteste mal, no obedece llegue tarde, no sacar los pedido con la prontitud etc etc
Despido disciplinario
1. El contrato de trabajo podrá extinguirse por decisión del empresario, mediante despido basado en un
incumplimiento grave y culpable del trabajador.
2. Se considerarán incumplimientos contractuales:
a) Las faltas repetidas e injustificadas de asistencia o puntualidad al trabajo.
b) La indisciplina o desobediencia en el trabajo.
c) Las ofensas verbales o físicas al empresario o a las personas que trabajan en la empresa o a los familiares
que convivan con ellos.
d) La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo.
e) La disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado.
f) La embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en el trabajo.
g) El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación
sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas que trabajan en la empresa.

Cuidado con esto dado que hay que coger pruebas y testigos si es posible y entregar por escrito la sanciones por faltas
Faltas y sanciones de los trabajadores
1. Los trabajadores podrán ser sancionados por la dirección de las empresas en virtud de incumplimientos
laborales, de acuerdo con la graduación de faltas y sanciones que se establezcan en las disposiciones legales o
en el convenio colectivo que sea aplicable.
2. La valoración de las faltas y las correspondientes sanciones impuestas por la dirección de la empresa serán
siempre revisables ante la jurisdicción competente. La sanción de las faltas graves y muy graves requerirá
comunicación escrita al trabajador, haciendo constar la fecha y los hechos que la motivan.
3. No se podrán imponer sanciones que consistan en la reducción de la duración de las vacaciones u otra
minoración de los derechos al descanso del trabajador o multa de haber.

Tenéis otra opción, mirar como esta dada de alta, y si podéis prescindir de ella si meter otra persona .
Pero para que te hagas una idea.
Contratas una sustituta y la das de alta con otra categoría, auxiliar .mejor que te aconseje tu gestoría .
Al mes mes y medio le presentáis un despido por causas objetivas o perdida de facturación y la hacháis pagándole, 20 días por año .
Si podéis estar un tiempo sin ella, plantear ya el despido por causas objetivas y listo .
Si aun así no podéis y os hace la vida imposible, podéis intentar lo de las faltas aunque esto no es fácil, pero bueno
la primera falta puede ser la de falta de rendimiento en su puesto de trabajo . consultar si esto es una falta leve y como podéis sancionarla, por llegar tarde
podéis encontraros con el problema de que cumpla estrictamente el horario laboral, pero en la hostelería podéis adaptarlo a vuestras necesidades e incluso pro reorganización del trabajo podéis cambiarla de horario y de puesto .
Consultar con un buen laboralista
.
La pizzeria la obtuvimos a través de un traspaso comercial, con el personal incluido para que en el negocio no influyera el cambio en las comidas, el anterior propietario no nos facilito los contratos del personal, y cuando hemos querido verlos no disponemos de el, ya que en la gestoría que le tramitaba todo lo referente a la pizzeria no disponían de la copia del contrato. Cuando hemos pedido una copia de ello a la cocinera siempre nos da larga y todavía no hemos podido verlo. Si sabemos (por lo que ella nos dijo) que estaba dado de alta como pinche de cocina, y mi padre le cambio la categoría a cocinera considerando por el tiempo que llevaba que lo menos que podíamos hacer era aumentar su categoría ( a cocinera).
¿Hay algún modo de que podamos obtener una copia del contrato?(Ya que realmente no estamos seguros del tiempo que lleva trabajando antes de estar con nosotros)
Pues dirigiendos a la oficina del inem donde se presento el cambio de categoría, solicitáis una copia del contrato y os lo darán

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